52. ¿Qué fue el Edicto de Milán?

Una de las 50 preguntas frecuentes sobre Jesucristo y la Iglesia, respondidas por un equipo de profesores de Historia y Teología de la Universidad de Navarra.

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A comienzos del siglo IV, los cristianos fueron otra vez terriblemente perseguidos. El emperador Diocleciano, junto con Galerio, desató en el año 303 lo que se conoce como la “gran persecución”, en un intento de restaurar la unidad estatal, amenazada a su entender por el incesante crecimiento del cristianismo. Entre otras cosas ordenó demoler las iglesias de los cristianos, quemar las copias de la Biblia, entregar a muerte a las autoridades eclesiásticas, privar a todos los cristianos de cargos públicos y derechos civiles, hacer sacrificios a los dioses so pena de muerte, etc. Ante la ineficacia que tuvieron estas medidas para acabar con el cristianismo, Galerio, por motivos de clemencia y de oportunidad política, promulgó el 30 de abril del 311 el decreto de indulgencia, por el que cesaban las persecuciones anticristianas. Se reconoce a los cristianos existencia legal, y libertad para celebrar reuniones y construirse templos.

Mientras tanto, Constantino había sido elegido emperador en occidente. Después de que derrotara a Majencio en el 312, en el mes de febrero del año siguiente se reunió en Milán con el emperador de oriente, Licinio. Entre otras cosas trataron de los cristianos y acordaron publicar nuevas disposiciones en su favor. El resultado de este encuentro es lo que se conoce como “Edicto de Milán”, aunque probablemente no existió un edicto promulgado en Milán por los dos emperadores. Lo acordado allí lo conocemos por el edicto publicado por Licinio para la parte oriental del Imperio. El texto nos ha llegado por una carta escrita en el 313 a los gobernadores provinciales, que recogen Eusebio de Cesarea (Historia eclesiástica 10,5) y Lactancio (De mortibus persecutorum 48). En la primera parte se establece el principio de libertad de religión para todos los ciudadanos y, como consecuencia, se reconoce explícitamente a los cristianos el derecho a gozar de esa libertad. El edicto permitía practicar la propia religión no sólo a los cristianos, sino a todos, cualquiera que fuera su culto. En la segunda se decreta restituir a los cristianos sus antiguos lugares de reunión y culto, así como otras propiedades, que habían sido confiscados por las autoridades romanas y vendidas a particulares en la pasada persecución.

Lejos de atribuir al cristianismo un lugar prominente, el edicto parece más bien querer conseguir la benevolencia de la divinidad en todas las formas que se presentara, en consonancia con el sincretismo que entonces practicaba Constantino, quien, a pesar de favorecer a la Iglesia, continuó por un tiempo dando culto al Sol Invicto. En cualquier caso, el paganismo dejó de ser la religión oficial del Imperio y el edicto permitió que los cristianos gozaran de los mismos derechos que los otros ciudadanos. Desde ese momento, la Iglesia pasó a ser una religión lícita y a recibir reconocimiento jurídico por parte del Imperio, lo que permitió un rápido florecimiento.

Bibliografía

R. Jiménez Pedrajas, “Milán, Edicto de”, en GER XV, Rialp, Madrid 21979, 816-817;

M. Forlin Patrucco, “Edicto de Milán”, en Diccionario Patrístico y de la Antigüedad Cristiana (ed. A. di Berardino), Sígueme, Salamanca 1991, 664;

A. Fraschetti, La conversione. Da Roma pagana a Roma cristiana, Laterza, Bari 1999.

Juan Chapa