En la Bula Misericordiae Vultus, el Papa Francisco expresó su deseo de que muchas personas redescubrieran la misericordia divina en el año jubilar. Entre otras sugerencias, animó a que en no pocas basílicas e iglesias se abriera una Puerta de la Misericordia “a través de la cual cualquiera que entrará podrá experimentar el amor de Dios que consuela, que perdona y ofrece esperanza”.
La Puerta de la Misericordia de la iglesia prelaticia de Santa María de la Paz, templo que acoge los restos de san Josemaría y del beato Álvaro, fue abierta el pasado 13 de diciembre.
De ese modo, quien acuda a esta iglesia podrá obtener la indulgencia plenaria ofrecida con ocasión del Jubileo de la Misericordia, si se cumplen los requisitos previstos por la Bula. Esa indulgencia afecta a la pena temporal por los propios pecados y es aplicable en sufragio de las almas de los fieles difuntos.
De acuerdo con la práctica habitual para la recepción de las indulgencias, y siguiendo las disposiciones previstas con respecto a la Puerta de la Misericordia en distintas iglesias y santuarios durante el año jubilar, la indulgencia podrá ser obtenida por los fieles que:
1. visiten en peregrinación la iglesia prelaticia de Santa María de la Paz y allí, una vez atravesada la Puerta Santa o Puerta de la Misericordia, participen en alguna celebración sagrada o, al menos, permanezcan por cierto tiempo en oración con una reflexión sobre la misericordia;
2. reciten la profesión de fe y alguna oración por el Papa y por sus intenciones, en particular el Padre Nuestro. Se aconseja concluir el momento de oración con una invocación al Señor Jesús Misericordioso (p. ej., “Jesús Misericordioso, en Vos confío”);
3. y cumplan las demás disposiciones generales previstas por la Iglesia: confesión sacramental y comunión eucarística, además de exclusión de todo afecto hacia cualquier pecado, incluso venial.