a) Objetivos del Congreso e inicio de las sesiones

“El itinerario jurídico del Opus Dei. Historia y defensa de un carisma”. Libro escrito por A. de Fuenmayor, V. Gómez-Iglesias y J. L. Illanes

Antes de describir los trabajos del Congreso, es necesario plantearnos una pregunta: ¿qué frutos concretos esperaba obtener el Fundador del Opus Dei de su celebración? Resulta claro, a la luz de todo lo dicho, que no lo concebía como una reunión de técnicos, llamados a realizar un estudio pormenorizado sobre una determinada figura canónica. Fiel a su convicción de que la vida precede a la norma jurídica, y que ésta debe acoger aquélla en toda su integridad, Mons. Escrivá de Balaguer entendió el Congreso como una profunda reflexión de todo el Opus Dei, en unión con el Fundador, acerca de su propia naturaleza y características, a la luz de los 41 años que entonces contaba de vida, y de su extensión en tantos países de los cinco continentes. Se trataba, pues, de realizar un gran esfuerzo de síntesis, para dejar constancia de cómo la enseñanza del Fundador se había encarnado en los distintos lugares y momentos; en otras palabras, el Congreso había de diseñar con trazo seguro los rasgos propios del Opus Dei, que necesitaban encontrar en la futura configuración jurídica un cauce apropiado que los acogiera, indicando a la vez aquellos elementos ajenos o contrarios a su naturaleza, que había sido necesario aceptar, en etapas anteriores, por exigencias de la legislación entonces vigente, a fin de intentar eliminarlos por entero en el futuro.

Todo esto influirá en el desarrollo del Congreso, que terminará, como veremos, aprobando orientaciones y criterios de fondo, y encomendando a una Comisión Técnica el estudio de las conclusiones, para su debida ejecución. Pero dejemos para su momento la consideración de esa etapa final, y digamos ahora que el objetivo mencionado comenzó a tener repercusiones, desde el primer instante, es decir, desde su convocatoria.

De hecho, al comunicar a los miembros del Opus Dei la convocatoria del Congreso, Mons. Escrivá no se limitó a realizar ese anuncio y a solicitar oraciones por el buen éxito de la asamblea, sino que indicó, además, que cuantos lo desearan podían enviar comunicaciones y sugerencias. Durante el verano de 1969, fueron llegando bastantes, que se añadieron al material de trabajo recogido.y archivado con motivo de estudios anteriores y de las Asambleas o Semanas de Trabajo regionales celebradas en 1968.

Tratándose de un Congreso General Extraordinario y Especial, fueron convocados también, por expreso deseo del Fundador, representantes por Regiones escogidos entre los más jóvenes, a los que se concedió voz y voto; la asamblea adquirió así una gran representatividad, no sólo de países y naciones, sino también de generaciones distintas. En total, participaron en esta primera parte del Congreso General ciento noventa y dos miembros del Opus Dei, representando a más de cincuenta mil personas de toda clase, raza y condición pertenecientes en ese momento al Opus Dei.

De esos ciento noventa y dos congresistas, ochenta y siete pertenecían a la Sección de varones, y ciento cinco, a la de mujeres. En conformidad con las normas generales sobre los Congresos del Opus Dei, las dos Secciones celebraron sus reuniones en sedes separadas, aunque las dos en Roma. Daba unidad al conjunto de los trabajos el Fundador y Presidente General, junto con el Secretario General, don Alvaro del Portillo, el Procurador General, don Daniel Cummings, y el Sacerdote Secretario Central, don Francisco Vives (23).

El 1 de septiembre de 1969 tuvo lugar en Roma la inauguración del Congreso. Después de rezar las preces acostumbradas y de invocar la asistencia del Espíritu Santo, Mons. Escrivá de Balaguer explicó las razones por las que había convocado el Congreso. En el acta de esa primera sesión, sus palabras se resumen así: "se ha reunido este Congreso especial de la Obra para reafirmar, en primer lugar, el deseo de vivir de acuerdo con nuestro espíritu genuino la dedicación al Señor de todos los socios -su santidad personal-, mediante el cumplimiento amoroso de nuestras Normas y Costumbres, que nos lleva a una vida de oración continua, y el ejercicio del apostolado, cada uno dentro de su estado y en su propia profesión u oficio en el mundo, en servicio de la Santa Iglesia, del Romano Pontífice, y en bien de todas las almas. Por eso, durante este tiempo, tendremos siempre presente que lo único que verdaderamente importa es la santificación personal de todos los socios". Mons. Escrivá concluyó señalando que "como una lógica consecuencia de esas exigencias fundamentales del espíritu del Opus Dei, se procederá a la revisión de nuestro derecho particular, en aquellas partes en las que no hubo más remedio que aceptar provisio nalmente conceptos o términos propios del derecho del llamado estado de perfección o estado religioso" (24).

Al día siguiente, antes de que se iniciaran los trabajos propiamente dichos, don Alvaro del Portillo solicitó la palabra, para presentar una moción preliminar, encaminada a dejar constancia de que, viviendo el Fundador, le competía la tarea de revisar, si conviene, las normas estatutarias. "En primer lugar -comenzó-, el Padre tiene concedida por la Santa Sede la facultad ad vitam de proponer a la Santa Sede todos los cambios a nuestro Derecho Peculiar que juzgue oportunos (Rescripto S.C.R. n° Prot. I.S. 1/47, de dos de agosto de mil novecientos cincuenta); en segundo lugar, tanto el Decreto Conciliar Perfectae caritatis, n. 2 b, como el Motu proprio Ecclesiae Sanctae, II, art. 12 y 13, ordenan que la revisión de las Constituciones se haga con la máxima fidelidad a los fines y al espíritu señalados por el Fundador, y a las legítimas tradiciones. Como nuestro Fundador, gracias a Dios, vive, puede hacer toda la revisión del Ius peculiare, sin contar con nosotros: y él es el juez para determinar si las tradiciones de estos 41 años del Opus Dei son legítimas o no".

En consecuencia -continuaba-, "si el Padre nos quiere convocar a este Congreso General especial, nosotros prestaremos nuestra colaboración con toda alegría y empeño", con idea -finalizaba- de "que el Padre libremente acepte o no acepte lo que le parezca oportuno de lo que nosotros propongamos".

La asamblea manifestó acto seguido que se adhería a la moción. Sin embargo, Mons. Escrivá intervino para decir que, si bien agradecía sinceramente el significado filial de esta moción, no podía acogerla: "afirma -se lee en las actas- que no quiere aceptarla porque, según el espíritu que siempre se ha vivido en la Obra, desea que también ahora cada uno de los participantes en el Congreso estudie con profundidad los diferentes asuntos sintiendo su personal responsabilidad, vote las decisiones que se tomen con la más absoluta libertad, y se ponga de manifiesto en todo momento la colegialidad de nuestro gobierno" (25).

Notas

23. Esto permitía, por lo demás, no sólo una unidad de fondo, sino también, a través de las Secretarías, una coordinación de trabajos y comunicación de textos y documentos.

24. Atti del Congresso Generale Speciale, Sezione maschile, 1, 1-IX-1969 (AGP, Sezione Giuridica, VII/15256). En adelante citaremos ACGS-m, para la Sección de varones y ACGS-f, para la Sección de mujeres, seguidos de I o II, según se trate de la primera o segunda parte del Congreso, y dando a continuación la fecha de la sesión. En la sesión inaugural de las reuniones de la Sección de mujeres, que tuvo lugar el 4-IX-1969, pronunció palabras muy similares (ACGS-f, l,. 4-IX-1969).

25. ACGS-m , 1, 2-IX-1969. También en la reunión de la Sección de mujeres tuvo lugar un diálogo parecido (ACGS-f, 1, 5-IX-1969).

A. de Fuenmayor, V. Gómez-Iglesias y J. L. Illanes