6. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD APOSTÓLICA

“El itinerario jurídico del Opus Dei. Historia y defensa de un carisma”. Libro escrito por A. de Fuenmayor, V. Gómez-Iglesias y J. L. Illanes

El Decreto Primum inter y las Constituciones de 1950 no se limitan a los puntos ya analizados, sino que, al igual que los textos jurídicos anteriores, se ocupan, además, de una amplia gama de cuestiones: las necesarias para describir la fisonomía del Instituto, y orientar su vida y actividad. Algunas -los requisitos para la admisión o los plazos de incorporación, por ejemplo-, aunque importantes en sí mismas, no son significativas en esta etapa del iter jurídico. Otras, en cambio, están más próximas a la problemática que nos ocupa -piénsese, por ejemplo, en la formación, presentada y descrita como necesaria para el ejercicio de un apostolado en el mundo, en y a través del trabajo profesional" (124); o en las referencias a la oración y a la vida de piedad, como fundamento de una unidad de vida que lleve a asumir con sentido cristiano y teologal las -incidencias del vivir diario (125)-, pero no parece, sin embargo, necesario estudiarlas con detenimiento aquí.

De una cuestión sí resulta imprescindible ocuparse: la descripción que los documentos de 1950 ofrecen sobre la actividad apostólica de los miembros del Opus Dei. Lo aconseja, en efecto, el hecho de que en este punto repercuten esos desarrollos expositivo-sistemáticos conseguidos en los textos de 1950, a los que nos. referíamos ampliamente en páginas anteriores, al hablar del espíritu, de la unidad del fenómeno pastoral y, sobre todo, de la descripción del fin: no podía ser de otra manera, pues entre fin y acción o actividad existe una relación profunda.

De la actividad apostólica en el carisma fundacional del Opus Dei nos hemos ocupado extensamente en la parte primera de nuestro estudio (126) Bástenos ahora hacer hincapié en que, desde los inicios de la fundación, Mons. Escrivá enseñó de forma directa, clara y decidida, que todos los hombres pueden y deben aspirar a la santidad, siguiendo la precisa voluntad que Dios tiene para cada uno de ellos. Santidad y apostolado, intimidad con Dios y dar a conocer el amor de Dios a los demás hombres, forman una profunda unidad; y siempre -dentro de la entraña del mensaje específico del Opus Dei-, en y a través del trabajo profesional y de las condiciones ordinarias del existir humano.

Estas ideas centrales fueron reiteradas por el Fundador del Opus Dei en innumerables ocasiones. Entre tantos textos, hay uno que, a pesar de su longitud, nos parece oportuno reproducir, como pórtico de los textos jurídicos que analizaremos después. Se trata de unos párrafos de la Carta de 11 de marzo de 1940, ya citada en alguna ocasión: "Si el Hijo de Dios se hizo hombre y murió en una cruz, fue para que todos los hombres seamos una sola cosa con El y con el Padre (Ioann. XVII, 22). Todos, por tanto, estamos llamados a formar parte de esta divina unidad. Con alma sacerdotal, haciendo de la Santa Misa el centro de nuestra vida interior (127), buscamos nosotros estar con Jesús, entre Dios y los hombres". "Nuestra unión con Cristo -prosigue- nos da conciencia de ser con El corredentores del mundo, para contribuir a que todas las almas puedan participar de los frutos de su Pasión, y conocer y seguir el camino de salvación que lleva al Padre". Y en todo momento -continúa-, también "en medio de las ocupaciones del mundo". "Unidos a Cristo -añade poco después- por la oración y la mortificación en nuestro trabajo diario, en las mil circunstancias humanas de nuestra vida sencilla de cristianos corrientes, obraremos esa maravilla de poner todas las cosas a los pies del Señor, levantado sobre la Cruz, donde se ha dejado enclavar de tanto amor al mundo y a los hombres.

"Así simplemente, trabajando y amando a Dios en la tarea que es propia de nuestra profesión o de nuestro oficio, la misma que hacíamos cuando El nos ha venido a buscar, cumplimos ese quehacer apostólico de poner a Cristo en la cumbre y en la entraña de todas las actividades de los hombres: porque ninguna de esas limpias actividades está excluida dél ámbito de nuestra labor, que se hace manifestación del amor redentor de Cristo. (...) Os digo una vez más, hijos míos: el Señor nos ha llamado para que, permaneciendo cada uno en su propio estado de vida y en el ejercicio de su propia profesión u oficio, nos santifiquemos todos en el trabajo, santifiquemos el trabajo y santifiquemos con el trabajo" (128).

El trabajo profesional ejercido en medio del mundo, se nos presenta así, una vez más, como el eje de la vida espiritual y ascética de los miembros del Opus Dei; y el apostolado, en consecuencia, no como una actividad añadida desde fuera, sino como una dimensión intrínseca a la totalidad de la existencia, como una fuerza o impulso interior que dota de sentido de servicio a todas y cada una de las acciones, y lleva a aprovechar cuantas ocasiones depare el acontecer diario para acercar a los demás hombres hacia Dios. La doctrina de la unidad de vida, ya mencionada al hablar del espíritu, reaparece aquí; así como el sentido unitario del fin, antes comentado: no fin genérico y fin específico, sino un único fin: saberse llamados por Dios a santificar la vida ordinaria y, santificándola, descubrir a los demás que también ellos están llamados a encontrar a Dios.

Por eso, las Constituciones de 1950, inmediatamente después de tratar del fin, y de señalar que consiste precisamente en manifestar a personas de todas las clases y condiciones sociales que pueden y deben buscar la santidad en medio del mundo, indican -con palabras que recogen casi textualmente las del Reglamento de 1941- que ese fin se obtiene "por la santificación del trabajo ordinario y por el ejercicio de la tarea profesional o de una labor equivalente, que los socios no abandonan, porque buscan la santificación por medio de ese trabajo" (129). Pues, como subraya otro número posterior, "lo propio de nuestra vocación consiste en la santificación del trabajo ordinario" (130).

El Decreto Primum inter se expresa en términos parecidos, y precisamente en uno de los primeros párrafos de su apartado tercero, dedicado a la labor apostólica; aunque este párrafo fue ya citado en su momento, vale la pena reproducirlo: "Ejercitan todas las profesiones civiles honestas con la máxima perfección y, aun cuando esas tareas sean profanas, procuran ardientemente santificarlas, con intención frecuentemente renovada, con ferviente ejercicio de la vida interior, con alegre y continua abnegación y con el esfuerzo sacrificado de un trabajo constante, con el fin de que sea perfecto en todos los aspectos" (131).

Si el Fundador del Opus Dei hubiera podido, en los años 1947 y 1950, guiarse sólo por sus ideas y preferencias, probablemente se hubiera detenido ahí, o hubiera proseguido subrayando que esa labor apostólica puede y debe ejercerse con ocasión de cualquier tarea humana digna" (132), o glosando con detalle -como hacía frecuentemente en su predicación- cuanto implica un apostolado ejercido en y con ocasión del trabajo profesional: ejemplo, testimonio, servicio, confidencia de colega a colega, inspiración cristiana de los ambientes y de las estructuras, etc. (133). Pero en 1950 no le era posible aún proceder así, pues debía acomodarse a la praxis de la Sagrada Congregación, y ésta exigía que, en las constituciones de los Institutos sometidos a su aprobación, se hicieran elencos de actividades y tareas concretas. Por eso, las Constituciones de 1950 dedican algunos números a pergeñar una amplia gama de posibles tareas y actividades apostólicas" (134); la amplitud de la descripción, el tono con que está redactada, y el contexto en que la sitúan otras afirmaciones de fondo, manifiestan con claridad que se trata de una enumeración no exhaustiva, en la que se procede por vía de ejemplo y remitiendo a una realidad central: la santificación propia y ajena en y a través de cualquier profesión o tarea, lo que determina que el apostolado del Opus Dei se nos presente, con palabras 'que gustaba repetir su Fundador, como un "mar sin orillas” (135).

En coherencia con esa afirmación de la personal búsqueda de la santidad y del personal ejercicio del apostolado, en y a través del trabajo propio de cada uno de los miembros de la Obra, el Fundador -recordémoslo- describía al Opus Dei como "una gran catequesis": su labor consiste, primordialmente, en una actividad formativa, en dar a sus miembros, y a cuantos se acerquen a la Obra, una formación que les permita vivir sus tareas y ocupaciones de forma hondamente cristiana. Así lo afirmó desde el principio (136), y lo reiteró en su predicación y en sus Cartas" (137), y así lo recogieron los textos jurídicos de años anteriores. También las Constituciones de 1950 reflejan esta realidad: "Como norma general, el Opus Dei no tiene un modo específico de acción colectiva externa. Ante todo, debe cuidar de la formación espiritual y apostólica de los socios. Estos realizan el apostolado mediante el ejercicio de sus tareas y oficios públicos o mediante asociaciones legítimamente constituidas, según lo aconsejen las circunstancias de tiempo y lugar, siempre con total respeto de las legítimas leyes de la sociedad civil" (138).

En suma, el acento se pone en la labor individual que cada uno de los miembros puede y debe realizar, con libertad y responsabilidad personales, en el ejercicio de su trabajo profesional: tal es el fruto fundamental de la labor del Opus Dei  (139).

Pero, aunque, como declara el Decreto Primum inter, "los socios del Opus Dei actúan y operan más bien individualmente que corporativamente" (140), no se excluye que -solos o con otras personas- promuevan actividades de carácter y finalidad apostólicos, de las cuales el Opus Dei, como corporación, pueda asumir la garantía moral de su recta orientación doctrinal y apostólica. Esta posibilidad estaba ya prevista, como hemos tenido ocasión de señalar, en documentos y textos anteriores, habiendo sido, incluso, llevada a la práctica: Academia DYA, en 1933; residencias de estudiantes constituidas en Madrid y en otras ciudades, a partir de 1939... Esas realizaciones habían sido, hasta 1950, pocas y, en todo caso, no muy variadas: residencias de estudiantes y casas de retiro y convivencias, casi exclusivamente. En 1950, con el desarrollo de la labor, se entrevén ya -y no como posibilidad teórica, sino inmediata y concreta- otras manifestaciones: centros de enseñanza, dispensarios y otras obras benéficas, centros para la capacitación de obreros y campesinos, etc.; muchas de las cuales irán tomando cuerpo en la década que entonces se iniciaba o en la sucesiva. En más de un momento, Mons. Escrivá puso de manifiesto -lo había hecho ya en años anteriores, y lo seguirá haciendo en el futuro- la conveniencia de que existan algunas de esas actividades, ya que constituyen un punto de referencia importante para el desarrollo de la labor. Pero, al mismo tiempo, insistió constantemente en que esas obras serían siempre pocas, ya que lo propio del Opus Dei no es la promoción de labores determinadas, sino la formación de personas (141).

Este lugar secundario, y de algún modo excepcional o no específico, que corresponde a estas actividades apostólicas corporativas, explica la parvedad de la normativa incluida a este respecto en los documentos de 1950. Prácticamente, se reduce a enunciar algunas posibilidades, incluidas en los elencos ejemplificativos del Decreto Primum inter o de las Constituciones (142), y a algunos criterios generales, derivados de la naturaleza misma del Opus Dei, que reclama que estas tareas -que deberán realizarse siempre con estricto respeto a las leyes de cada país- revistan una forma no eclesiástica, sino civil: actividades profesionales de ciudadanos corrientes en el ejercicio de sus normales derechos y responsabilidades (143). En uno de sus números -el 9, concretamente-, las Constituciones de 1950 contemplan estas actividades apostólicas desde el punto de vista del soporte legal y económico que necesita cada una, y hablan a este efecto -con terminología que ya había empleado con anterioridad- de sociedades auxiliares, determinando -ahí y en otros números posteriores- la dependencia que tienen del Instituto, a fin de garantizar que permanezcan fieles a la finalidad apostólica que llevó a promover esas asociaciones de naturaleza civil (144).

En resumen, en los documentos de 1950, se refleja la labor apostólica del Opus Dei de acuerdo con su fisonomía originaria, señalando la importancia de la tarea de formación como presupuesto indispensable para toda actuación que aspire a ser coherente con la fe cristiana, y subrayando el valor de un exacto y fiel cumplimiento de las obligaciones y deberes profesionales, la primacía del apostolado personal y la necesidad de una acción positiva para difundir el sentido cristiano de la vida, sea mediante el testimonio y el ejemplo, sea mediante la palabra, en un ambiente de amistad y confidencia, tomando ocasión del trabajo y de las incidencias del vivir diario (145).

Notas

124. Const. 1950, nn. 126 ss. El Decreto Primum ínter trata de la formación y de la incorporación de los miembros del Opus Dei en sus §§ 34-39. 125. Const. 1950, nn. 234 ss.

126. Vid. especialmente apartado 5 del capítulo I y apartados 3 y 4 del capítulo II.

127. A la Santa Misa se refiere, por lo demás, el n. 34 del documento Espíritu de 1941 -La Santa Misa es el centro de la vida espiritual de los socios-, recogido casi textualmente en las Constituciones de 1947 (n. 104) y en las Constituciones de 1950: "La raíz y el centro de la vida espiritual de los socios es el Sacrosanto Sacrificio de la Misa" (n. 206).

128. Carta, 11-111-1940; nn. 11-13.

129. Const. 1950, n. 4 § 1.

130. Const. 1950, n. 230.

131. Decreto Primum inter, § 19.

132. Fue este punto decisivo -en el que están implicados tanto la afirmación de la condición secular de los miembros del Opus Dei, como el reconocimiento del valor cristiano de las realidades terrenas-, lo que le llevó, como señalamos en el capítulo anterior, a reaccionar ante la disposición de la Congregación del Concilio que prohibía el ejercicio del comercio a los miembros de los Institutos Seculares, proponiendo que se incluyera en las Constituciones de 1950 una mención explícita de las actividades económicas y comerciales, así como ya la había de las educativas, políticas, administrativas, etc. (esa mención se encuentra, como ya dijimos, en el n. 15). La frase "todas las profesiones civiles honestas", con que se inicia el párrafo recién citado del Decreto Primum ínter, es también significativa.

133. Para un comentario de estas enseñanzas del Fundador del Opus Dei, pueden verse J.L. ILLANEs, La santificación del trabajo, o.c. (cap. II, nota 41); P. RODRÍGUEZ, Vocación, trabajo, contemplación, o.c. (cap. II, nota 49); L. ALONSO, La vocación apostólica del cristiano en la enseñanza de Mons. Escrivá de Balaguer, en AA.VV., Mons. Josemaría Escrivá de Balaguer y el Opus Dei, o.c. (cap. 1, nota 3), pp. 229-292.

134. Const. 1950, nn. 18 y 444. En estos textos se enumera una serie de actividades concretas que, de acuerdo con su condición laical, pueden desarrollar los miembros Numerarios del Opus Dei. El Decreto Primum inter, en sus §§ 24 y 26, ofrece una panorámica similar, pero ampliando el comentario, con lo que resulta claro el carácter no exhaustivo de la enumeración. En buena parte, esas tareas coinciden con las incluidas en los documentos de 1947, a las que ya hicimos referencia en su momento.

135. "El apostolado del Opus Dei -leemos en Carta de 1949- se intensifica y se extiende hasta ser, ¡cuántas veces os lo he explicado!, un mar sin orillas, una realidad maravillosa, universal. Por eso, ningún nombre quisimos aceptar sino el de Opus Dei, para que el apelativo no pareciera restringir el campo de acción de nuestra tarea apostólica, ya que siempre ha de realizarse a través de cualquier limpio trabajo humano, cualesquiera que sean las circunstancias de la geografía y del tiempo" (Carta, 8-XII-1949, n. 6).

136. "Somos y seremos siempre una gran catequesis" (Apuntes íntimos, n. 548; el texto data del 6-1-1932).

137. Citemos, a modo de ejemplo, unos párrafos tomados de la recién mencionada Carta de 1949: "si hemos de tender a la santidad en nuestra vida de cristianos corrientes, y ejercer el apostolado en la forma que exige-de nosotros nuestra llamada al Opus Dei, nos es imprescindible una formación específica continua, mientras estemos en la tierra". Parte esencial de esa formación es aprender "que el trabajo profesional, de cualquier tipo, debe ser siempre santificado y santificante". A continuación prosigue, detallando aspectos y rasgos de esa formación: "Cada uno de los socios de la Obra tiene una formación específica, que corresponde a su profesión o a su oficio, a aquel trabajo que ejercita igual que sus compañeros del mundo. Y esta formación la adquiere donde la adquieren los demás ciudadanos.

"Reciben también los socios del Opus Dei una formación común: el conocimiento científico del dogma, de la moral, de la liturgia, del derecho y de la historia de la Iglesia; el conocimiento del espíritu, de las Costumbres, de la historia, de la vida jurídica de la Obra; el estudio de los modos apostólicos, propios de los miembros del Opus Dei. Y todo esto, en el aspecto humano, en el aspecto espiritual, en el aspecto doctrinal religioso, en el aspecto apostólico y en el aspecto profesional". Esa formación -concluye algo después- "tiende a que cada uno, en su estado y en su propio oficio o profesión, sea un hombre o una mujer de bien, un cristiano" (Carta, 8-XII-1949, nn. 83, 87 y 89).

138. Const. 1950, n. 7. Este número, que tiene su paralelo en los §§ 21-22 del Decreto Primum inter, reproduce de forma prácticamente literal el n. 339 de las Constituciones de 1947, eco a su vez de textos de los documentos de 1941, ya citados y analizados en su momento.

139. Aunque hemos reproducido varios textos del Fundador en este sentido, en este capítulo y en otros anteriores, añadamos algunos más. Uno proviene de la Carta, ya citada, de 1940: "Bien puede decirse, hijos de mi alma, que el fruto mayor de la labor del Opus Dei es el que obtienen sus miembros personalmente, con el apostolado del ejemplo y de la amistad leal con sus compañeros de profesión" (Carta, 11-111-1940, n. 55). Otro, de la Carta, también ya citada, de 1949: "la más eficaz de las labores apostólicas que desarrolla el Opus Dei, es aquella que realiza cada miembro de la Obra en el ambiente de su trabajo, o en el lugar que ocupa por sus circunstancias sociales.

"Esta labor no puede dejar de ser espontánea: cada uno está solo, y ha de acudir con la luz de la doctrina, y de la formación que ha recibido, a la gracia del Señor, que invoca, y a su razón" (Carta, 8-XII-1949, n. 69).

140. Decreto Primum inter, § 21.

141. "Las obras corporativas, de enseñanza o de cualquier otra naturaleza -escribe el Fundador en una de sus Cartas-, serán siempre relativamente pocas y no constituyen un fin para la Obra: son un medio. Mido la eficacia de esas labores por el grado de santidad que alcanzan los que trabajan en ellas: santidad que se logra -repetiré siempre- santificando el trabajo ordinario, haciéndolo ocasión de santidad propia y de apostolado" (Carta, 31-V-1954, n. 34).

142. Un análisis de esos elencos permite advertir -y el hecho está en conexión con la naturaleza primordialmente formativa de la labor apostólica del Opus Dei- que se mencionan fundamentalmente tareas dirigidas a la formación y educación: centros de formación para todas las categorías sociales; casas para retiros espirituales y cursos de instrucción religiosa; residencias para estudiantes universitarios; centros profesionales y asistenciales para obreros o campesinos; sociedades juveniles deportivas, artísticas y culturales en general; escuelas del hogar, etc.

143. Algunas de las notas que caracterizan estas tareas corporativas han sido descritas por Mons. Escrivá en sus Cartas. Citemos unos párrafos tomados de la de diciembre de 1952: "Hijas e hijos míos, contemplad cuánta labor tenemos por delante, cuánto bien puede hacerse a la Iglesia y al mundo, con el trabajo personal de cada uno y con las obras de apostolado, que desarrollamos, unidos a otros ciudadanos, dentro del ámbito de las leyes civiles.

"Una consecuencia inmediata de esta espiritualidad laical, de la naturaleza plenamente secular del Opus Dei, es que las labores corporativas de apostolado son trabajos también plenamente laicales. La Obra responde del recto criterio cristiano y humano de la iniciativa, pero la tarea no es una labor religiosa ni una labor eclesiástica u oficialmente católica.

"Son obras, en las que realizan su trabajo profesional unos hombres o unas mujeres, que con esa ocupación humana, y con un espíritu que les lleva a santificar ese quehacer, ejecutan una labor en beneficio de la sociedad civil y de las almas. Labores, por tanto, abiertas a todo el mundo; tareas donde se suma el esfuerzo de muchos; fruto de la libre iniciativa de unos ciudadanos o de la cooperación en programas oficiales, en un común afán de servicio cristiano.

"La actividad de mis hijas y de mis hijos en estas labores corporativas siempre es -como he dicho- una actividad profesional, que tiene su contenido humano peculiar, según la naturaleza de esa labor: científica, educativa, social, cultural, etc. Y, como todo trabajo para un hijo de Dios en su Obra, es también siempre -desde el punto de vista sobrenaturalcamino de santificación y ocasión de hacer el bien a las almas" (Carta, 12-XII-1952, n. 30).

Pueden verse también las diversas explicaciones al respecto, contenidas en Conversaciones, nn. 18, 27, 31, 51, 71 y 84.

144. Aunque nos traslade a una época posterior a 1950 -y sin perjuicio de volver sobre esto en el capítulo IX-, señalemos que, años más tarde, el Fundador del Opus Dei decidió suprimir la figura de las sociedades auxiliares, para subrayar, aún más claramente, que las actividades apostólicas a que se referían son realizadas por ciudadanos corrientes, que, así como las han promovido, asumen también la plena responsabilidad de su mantenimiento y continuidad. A fin de evitar equívocos, conviene advertir, además, que se deben distinguir netamente esas sociedades auxiliares, previstas -en las Constituciones de 1950 y en algún texto anterior- como soporte de tareas apostólicas, de aquellas otras actividades económicas, etc. que los miembros del Opus Dei ejercieran entonces -o ejerzan ahora- en uso de su libertad profesional: estas actividades, como señalan las Constituciones y otros numerosos escritos del Fundador, son llevados a cabo por esas personas con plena autonomía, sin dependencia alguna de los Directores del Opus Dei y debiendo rendir cuenta sólo ante su propia conciencia, o, en su caso, ante los propietarios o gestores de esas actividades, o ante la sociedad.

145. Además de los textos ya citados, se refieren al tema de este apartado los mi. 202-205, 212-214, 222, 229-230 de las Constituciones de 1950, y los §§ 18-23 del Decreto Primum ínter.

A. de Fuenmayor, V. Gómez-Iglesias y J. L. Illanes