2. LA APROBACIÓN "IN SCRIPTIS" DEL OBISPO DE MADRID Y SU CONTEXTO HISTÓRICO

“El itinerario jurídico del Opus Dei. Historia y defensa de un carisma”. Libro escrito por A. de Fuenmayor, V. Gómez-Iglesias y J. L. Illanes

Una serie de hechos dramáticos van a precipitar los acontecimientos. Ya hemos apuntado cómo la novedad del fenómeno pastoral provocó recelos e incomprensiones. Ahora -con el crecimiento y expansión del apostolado de la Obra-, cobran gran virulencia, tachando de locura -y hasta de herejía- la vocación al Opus Dei, y de locos y herejes a los que la siguen. Las calumnias se hacen clamorosas, y degeneran en una campaña organizada y sistemática, tanto más dolorosa cuanto que proviene de quien menos podía esperarse: de otros católicos, más aún, de algunos religiosos y personas relacionadas con ellos. Se presenta a los miembros del Opus Dei como promotores de una exaltación del laicado que provoca la disminución de las vocaciones religiosas y sacerdotales, y conduce a la destrucción del estado religioso, incidiendo así en la herejía. De ahí se pasa a infundios del más diverso tipo, no sólo con insinuaciones, sino también con ataques abiertos, incluso desde el púlpito, junto con visitas a padres de miembros del Opus Dei para decirles que sus hijos están siendo engañados, y corren peligro de excomunión y hasta de condenación eterna, si continúan por ese camino... Don Josemaría sufrió profundamente, a la vez que procuró mantener la paz y transmitir serenidad a sus hijos (14).

El Obispo de Madrid, que -como hemos visto- conocía bien la Obra y a su Fundador, y podía testificar, por tanto, la falsedad de todas las acusaciones, intervino varias veces en ese sentido. Y juzgó que, para cortar tan injusta campaña, resultaba absolutamente necesario que él mismo, como Obispo de la diócesis en la que el Opus Dei había nacido, le otorgara una aprobación por escrito, manifestando así de manera neta, y con toda la fuerza del derecho, el apoyo y aprecio con que la Obra contaba por parte de la Jerarquía eclesiástica competente. Así se lo comunicó a don Josemaría Escrivá en marzo de 1940, dándole la indicación de que le presentase la solicitud con la documentación aneja necesaria. El Fundador acogió la decisión episcopal, agradecido por el afecto hacia su persona y hacia la Obra, aunque consciente a la vez de que no había, en la legislación canónica, un cauce adecuado para un fenómeno pastoral como el que el Opus Dei representaba; y así, el 21 de junio de 1940, escribía: "Estamos en el grave problema de encajar el Opus Dei en el Derecho Canónico” (15). En el mismo sentido se manifiesta en su relación el Cardenal Bueno Monreal, entonces -como dijimos- Fiscal de la diócesis de Madrid: "Era preciso, pues, sustanciar jurídicamente la Obra y Josemaría accedió a estudiar esta cuestión, para encontrar una solución -naturalmente provisional- que permitiera la aprobación a nivel diocesano, en espera de la solución final que vendría en su día de Roma” (16).

Don, Josemaría cambió impresiones con expertos en Derecho canónico, entre otros, con el mencionado Fiscal diocesano, y llegó a la conclusión de- que la única solución viable en aquellos momentos -aunque no óptima, por las razones que luego veremos- era la de la Pía Unión.

El 14 de febrero de 1941, el Fundador presentó una instancia solicitando la aprobación del Opus Dei como Pía Unión (17), a la que adjuntaba un breve Reglamento y cinco documentos complementarios (18). Semanas después, el 25 de marzo de 1941, el Obispo de Madrid, a través de su Vicario don Casimiro Morcillo, comunicó al Siervo de Dios que, con Decreto fechado el día 19 anterior, había aprobado el Opus Dei como Pía Unión (19).

En el Decreto, el Obispo de Madrid-Alcalá manifiesta su satisfacción al "aprobar canónicamente tan importante obra de celo", y pide al Señor, por intercesión de San José, "que no se malogre ninguno de los grandes frutos que de ella esperamos". Deja también constancia de que el Opus Dei, fundado por don Josemaría Escrivá de Balaguer, ha sido "experimentado con nuestro beneplácito y de Nuestro Vicario General, desde el año 1928". Y de que se han examinado atentamente sus reglamentos (20).

La aprobación concedida al Opus Dei fue conocida inmediatamente en los ambientes eclesiásticos. No consiguió, sin embargo, detener la campaña de calumnias, que había afectado no sólo a Madrid, sino también a otras ciudades. En Barcelona -donde, por cierto, los miembros del Opus Dei eran muy pocos: se contaban con los dedos de una mano-, fue particularmente viva. Esto motivó que el Abad coadjutor del monasterio de Montserrat, Dom Aurelio María Escarré, se dirigiera a Mons. Eijo y Garay solicitando información. Se inició así un intercambio epistolar entre ambos, que aporta testimonios de gran interés sobre los hechos de este período de la historia de la fundación (21).

El 9 de mayo de 1941, el Abad coadjutor de Montserrat escribió una primera carta al Obispo de Madrid poniéndole al corriente de la campaña y solicitando su parecer. Mons. Eijo y Garay le contestó con carta de 24 de mayo; entre otros particulares, anotaba: "Ya sé el revuelo que en Barcelona se ha levantado contra el Opus Dei (...). Lo triste es que personas muy dadas a Dios sean el instrumento para el mal; claro es que putantes se obsequium praestare Deo". Y enseguida entraba en materia: "Lo conozco todo, porque el Opus, desde que se fundó en 1928 está tan en manos de la Iglesia que el Ordinario diocesano, es decir o mi Vicario General o yo, sabemos, y cuando es menester dirigimos, todos sus pasos; de suerte que desde sus primeros vagidos hasta sus actuales ayes resuenan en nuestros oídos y... en nuestro corazón. Porque, créame, Rmo. P. Abad, el Opus es verdaderamente Dei, desde su primera idea y en todos sus pasos y trabajos (...). Y sin embargo, son hoy los buenos quienes lo atacan. Sería para asombrarse si no nos tuviese el Señor acostumbrados a ver ese mismo fenómeno en otras obras muy suyas" (22).

Otras cartas se intercambiaron entre ambos en los meses siguientes. En una de 21 de junio de 1941, Mons. Eijo y Garay salía al paso de una de las acusaciones dirigidas a los miembros del Opus Dei: la falta de aprecio a las Ordenes y Congregaciones religiosas. "Es -escribeuna de las más graves calumnias que le han levantado al Opus Dei; yo le garantizo, Rmo. Padre, que es pura calumnia. ¿Cómo podrían amar a la Sta. Iglesia sin amar también el estado religioso?". "Lo aman -proseguía, con palabras que son un testimonio sobre el carácter secular de la vocación al Opus Dei-, lo veneran, lo proclaman medio de salvación para los llamados por Dios a él; pero no sienten esa vocación, sino la de santificarse en medio del mundo y ejercer en él su apostolado. Esto sienten y esto dicen, sin que ello implique el más leve menosprecio del estado religioso; precisamente él les inculca que han de vivir en el mundo tan santamente como si fueran religiosos. Y ellos creen que, llamados a este género de apostolado, darán, si lo siguen, más gloria a Dios que si desoyendo su vocación entrasen religiosos (...). ¡Y pensar, Rmo. Padre, que toda la tempestad ha surgido porque dos o tres chicos que querían entrar religiosos han preferido el Opus Dei después de conocerlo!".

El 1 de septiembre, Mons. Eijo y Garay contestó a dos cartas anteriores del Abad coadjutor, en las que le informaba de la agudización y de otros detalles de la campaña. Escribía el Obispo de MadridAlcalá: "No puedo menos de agradecerle su bondadoso interés por el Opus Dei, que tanto estimo. Siento lo que V.R. me dice: que la campaña ha aumentado, si no en extensión, sí en intensidad y en profundidad". Reiteraba una vez más su aprecio a la labor de los miembros del Opus Dei y a la Obra en cuanto tal: "va segura porque va de la mano de los Obispos, bien asida a ella y sin más afán que obedecerles y servir a la Iglesia; su lema y consigna y orden del día de todos los días es ¡Serviam!". Más adelante, con acento de tristeza, aportaba algunos datos que permiten captar, aun a distancia, la violencia de aquella campaña de calumnias: "Dígame si no es persecución, y cruelísima, llamar a esa Obra que V.R. conoce y estima y por la que tan justamente se interesa, masonería, secta herética, hijuela de lo de Bañolas, antro tenebroso que pierde las almas sin remedio; y a sus miembros, iconoclastas e hipnotizados, perseguidores de la Iglesia y del estado religioso, y tantas otras lindezas por el estilo; y mover contra ellos las autoridades civiles y procurar la clausura de sus centros y el encarcelamiento de su fundador y la condenación en Roma; y lo más trágico y doloroso, encizañar por todos los medios desde el confesonario hasta la visita a domicilio a las familias de los que quieren bien al Opus Dei. Si esto no es persecución y durísima, ¿qué lo podrá ser?". "Créame, Rmo. P. -concluía-, que es edificante y consolador el espíritu de santa alegría, de paz; caridad y amorosa resignación con que los miembros del Opus Dei acogen la persecución y besan las manos que los hieren. Y esto me confirma aún más en lo que ya dije antes a V.R.: que el Opus es verdaderamente Dei".

Estos textos permiten percibir el ambiente no sólo del momento en que esas cartas fueron escritas, sino de bastantes meses antes. No faltaron muchas manifestaciones de aprecio -las cartas de Mons. Eijo y Garay son un testimonio, al que podrían unirse muchos otros-, pero la campaña organizada fue muy dura. Tal fue de hecho el contexto en que se produjo la primera aprobación escrita diocesana, cuya fisonomía y cuyo alcance jurídico debemos ahora examinar.

Notas

14. Algunos otros datos sobre esta campaña, pueden verse en A. VÁZQUEZ DE PRADA, o.c. (cap. 1, nota 1), pp. 222 ss.

15. Apuntes íntimos, n. 1613.

16. Relación testimonial descrita en la nota 7 de este capítulo.

17. Vid. en el Apéndice documental, n. 4, el texto de la solicitud; señalemos que, en el borrador que le sirvió de base, el Obispo de Madrid introdujo algunas modificaciones al texto redactado por el Fundador: concretamente después de la frase "con el beneplácito del Ilmo. Sr. Vicario", intercaló: "y bendición de V.E. Revma. y"; y en el suplica añadió: "dejando a la consideración y resolución de V.E. designar las personas de esa Curia que hayan de conocer los Reglamentos del Opus Dei, dado el carácter del mismo".

Notemos, de otra parte, que entre el momento en que algunos recomendaron a don Josemaría Escrivá que solicitara la aprobación diocesana -1939- y aquel en que se iniciaron los trámites para obtener la aprobación escrita pasaron varios meses, hecho en el que el Fundador del Opus Dei vio siempre un signo de su clara conciencia acerca de la inadecuación de las soluciones jurídicas por entonces posibles (Apuntes íntimos, n. 1609; Carta, 29-XII-1947/14-II-1966, n. 156).

18. De estos documentos, recogemos, en el Apéndice documental, n. 5, el Reglamento, donde se contiene una descripción general del Opus Dei. Sobre su contenido -y el de los documentos complementarios-, trataremos en páginas posteriores.

19. Por testimonio de don Casimiro Morcillo, se conocen diversos detalles relacionados con la aprobación. Entre otros, que el Decreto fue redactado realmente el 24 de marzo de 1941, fiesta de San Gabriel, pero, para darle más alegría al Fundador, fue fechado el 19 de marzo, fiesta de San José, al que el Siervo de Dios tuvo siempre gran devoción (así lo nana el propio don Josemaría Escrivá en Carta, 29-XII-1947/14-1I-1966, n. 157). El Decreto del Obispo de Madrid se puede consultar en el Apéndice documental, n. 6.

20. Al final del Decreto de aprobación se lee: "Y para la custodia del Reglamento, etc. se cumplirá lo que en Decreto especial disponemos". Un Decreto especial de la misma fecha -que se puede consultar en el Apéndice documental, n. 7- dispone que es conveniente una "discreta reserva" sobre los documentos, que deberán guardarse en el Archivo reservado que existe, para los casos más delicados, en todas las diócesis (cfr. CIC 1917 cc. 379-382 y CIC 1983 cc. 489-490). Que el Obispo considere el caso como delicado se justifica por la campaña de incomprensión y calumnia, a la que nos hemos referido en el texto. De hecho, don Leopoldo, en una carta de 1 de septiembre de 1941 al Abad coadjutor del monasterio de Montserrat -de cuyo origen y motivo hablaremos enseguida-, se refiere a los dos Decretos de 19 de marzo de ese año: "yo en persona redacté el decreto aprobatorio, y añadí otro, no sin consultar a personas sumamente prudentes y autorizadas, en el que ordenaba que las Constituciones se archivasen en lugar apartado. Todo ello muy pensado, y, si no estoy en error, acertado; y sin más miras que el servicio de la Sta. Madre Iglesia y la gloria de Dios".

21. El original de estas cartas se conserva en los archivos de la Abadía de Montserrat; una copia en RHF, D-3545.

22. En la misma carta, añadía un encendido elogio del Fundador del Opus Dei: "El Dr. Escrivá es un sacerdote modelo, escogido por Dios para santificación de muchas almas, humilde, prudente, abnegado, dócil en extremo a su Prelado, de escogida inteligencia, de muy sólida formación doctrinal y espiritual, ardientemente celoso, apóstol de la formación cristiana de la juventud estudiosa, y sin más mira ni afán que preparar para utilidad de la Patria, y servicio y defensa de la Iglesia, muchedumbre de profesionales intelectuales, que aun en medio del mundo no sólo lleven vida de santidad sino también trabajen con alma de apóstoles.

"Y en el molde de su espíritu ha vaciado su Opus. Lo sé, no por referencias, sino por experiencia personal. Los hombres del Opus Dei (subrayo la palabra hombres porque entre ellos aun los jóvenes son ya hombres por su recogimiento y seriedad de vida), van por camino seguro no sólo de salvar sus almas sino de hacer mucho bien a otras innumerables almas".

A. de Fuenmayor, V. Gómez-Iglesias y J. L. Illanes