Reproducimos aquí una traducción nuestra en castellano del decreto original latino enviado por la Penitenciaría. PENITENCIARÍA APOSTÓLICA
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BEATÍSIMO PADRE,
Javier Echevarría Rodríguez, Prelado de la Prelatura personal de la Santa Cruz y Opus Dei, manifiesta a Su Santidad la debida obediencia y veneración filial, y suplica humildemente que Su Santidad se digne conceder las siguientes Indulgencias:
I.- en favor de los que participan en las celebraciones litúrgicas que la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei y la Sociedad Sacerdotal de Santa Cruz suele promover, en el triduo anterior a la solemnidad de la Natividad del Señor y de la Pascua, para el progreso espiritual de las familias de sus fieles y de sus socios: a.- Indulgencia plenaria que se podrá lucrar cumplidas las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Sumo Pontífice) si, con espíritu de verdadera penitencia, participan en todas las celebraciones del triduo; b.- parcial, que podrán obtener los que asistan contritos a las funciones sagradas alguno de los días del triduo;
II.- para los padres, hermanos y hermanas de los fieles de la Prelatura y de los socios de la Sociedad Sacerdotal, así como para los cónyuges, hijos e hijas de los fieles supernumerarios: Indulgencia plenaria con las condiciones habituales, que se podrá lucrar el día de la fiesta de la Sagrada Familia de Jesús, María y José si, con espíritu de verdadera penitencia, participan en una función sagrada.
Y Dios, etc.
Día 14 de mayo de 2008
La Penitenciaría Apostólica, por mandato del Sumo Pontífice, accede benignamente según la petición a esta gracia, por siete años. No obstante cualquier disposición contraria.
James Francis S.R.E. Card. Stafford
Penitenciario Mayor
† Gianfranco Girotti, O.F.M. Conv.
Ob. Tit. de Meta, Regente Link al documento original en latín (pdf).