Desde septiembre de 2020 se han presentado públicamente distintas críticas contra el Opus Dei en Argentina. El conflicto comenzó en los medios de comunicación y fue mutando a lo largo del tiempo en su planteamiento: primero como un reclamo laboral, luego como una demanda de indemnización por daños y perjuicios, hasta llegar a denuncias por explotación laboral. A partir de junio de 2023, existe una investigación judicial iniciada por una denuncia que afirma que un grupo de mujeres habría sido víctima de trata de personas y explotación laboral. La prelatura del Opus Dei niega categóricamente esta acusación. Al mismo tiempo, considera que esta alegación es un uso manipulado de una figura penal que no tiene ninguna vinculación con los hechos que describen las propias personas que denuncian, y mucho menos con la realidad en el Opus Dei.
1. ¿Cómo empezó todo?
En septiembre de 2020, un abogado se presentó ante la prelatura afirmando representar a 43 mujeres que fueron numerarias auxiliares del Opus Dei, y reclamó la regularización de aportes previsionales (contribuciones al sistema de seguridad social del país, para la pensión de jubilación y otros beneficios sociales). Fue recibido y escuchado por las autoridades de la prelatura, pero la escasa información suministrada por el abogado no resultó suficiente para analizar la situación previsional de cada persona.
Desde entonces, han circulado nuevos cuestionamientos al Opus Dei a través de diferentes medios de comunicación, tergiversando la realidad y confundiendo los distintos planos de reclamo (previsional, laboral, penal). Ante la falta de presentaciones formales del abogado y de sus representadas frente a instancias judiciales, en 2022 las autoridades de la prelatura en Argentina crearon una Comisión de Escucha para entender mejor los hechos, el contexto en el que tuvieron lugar, y ofrecer respuestas adecuadas. Como resultado de ese proceso, a finales de 2022 se constituyó una Oficina de Sanación y Resolución, para canalizar la resolución personalizada de posibles reclamos y propiciar procesos de sanación.
2. ¿Qué hay hoy en la Justicia?
En septiembre de 2022, el abogado querellante presentó una denuncia ante la procuraduría especializada en trata y explotación de personas (Protex), aportando las apariciones en la prensa de algunas mujeres que habían sido miembros del Opus Dei. Posteriormente, los fiscales a cargo de la Protex efectuaron la denuncia formal en el ámbito judicial penal en junio de 2023. El juez federal que recibió la denuncia delegó la investigación en la fiscalía correspondiente. Después de realizar ciertas medidas investigativas, la fiscalía presentó al juez en agosto de 2024 el resultado de su investigación, que se publicó en la prensa en septiembre de ese mismo año.
Los fiscales solicitaron al juez en 2024 que se citara a prestar declaración indagatoria a varias autoridades de la prelatura (en concreto, cuatro sacerdotes que fueron vicarios del Opus Dei en Argentina a lo largo de tres décadas), argumentando que tendrían responsabilidad en los supuestos hechos en consideración a su cargo. Hasta ahora el juez no los ha llamado para tomarles declaración.
En 2025, han ampliado la solicitud a otro anterior vicario regional, Mons. Mariano Fazio, actual vicario auxiliar de la prelatura, residente en Roma. Recientemente, el abogado querellante ha declarado en medios de comunicación que ha solicitado a la fiscalía que involucre en el caso a Mons. Fernando Ocáriz, prelado del Opus Dei, que reside en Roma.
En este momento, pues, el juez no ha imputado aún delito alguno. Lo que existe es un pedido de los fiscales para que el juez a cargo convoque a determinadas personas para escuchar su versión sobre los hechos. Sin embargo, el juez aún no ha resuelto si dará lugar o no a ese pedido, ni ha decidido a quiénes podría citar.
En relación con esta investigación judicial, reiteramos que negamos categóricamente la acusación de trata de persona y explotación laboral contra miembros de la prelatura.
Aunque hubiéramos preferido no llegar a esta instancia, nos vemos obligados a advertir sobre esta grave manipulación con fines mediáticos del sistema judicial, pues se realizan acusaciones totalmente infundadas para presionar en un reclamo laboral-económico. A su vez, sostenemos nuestro compromiso de escuchar a todas las personas que tengan un reclamo por su experiencia vivida en el Opus Dei y la disposición a colaborar con la justicia en todo lo que corresponda.
3. ¿Quiénes son las numerarias auxiliares?
Las numerarias auxiliares son miembros del Opus Dei, institución de la Iglesia católica, que, como todos los demás miembros, forman parte del Opus Dei como respuesta a una llamada vocacional a encontrar a Dios y hacerlo presente en su entorno cotidiano, especialmente a través del propio trabajo y las relaciones familiares, sociales y de amistad.
En el caso de las numerarias auxiliares, ese trabajo profesional (que como cualquier otro requiere competencias especializadas, un plan de desarrollo y formación continua) consiste en el cuidado de las personas y de los centros del Opus Dei, creando hogar al fomentar un ambiente material y espiritual que favorezca el florecimiento y la formación de cada persona.
Por otro lado, como todos los miembros del Opus Dei, ellas tienen además sus amistades, aficiones, relaciones familiares, y participan de la misión evangelizadora de la prelatura, colaborando con distintas iniciativas formativas y apostólicas.
Se trata de un camino elegido por muchas mujeres en todo el mundo, que requiere del ejercicio pleno de la libertad y un proceso de discernimiento e incorporación gradual y voluntario. Cualquier persona que desea formar parte del Opus Dei debe manifestar su voluntad explícitamente en múltiples oportunidades, algunas de las cuales deben ser por escrito: toda persona que se incorpora definitivamente al Opus Dei tiene que reafirmar su deseo de ser miembro al menos ocho veces, durante un período de tiempo de 6 años y medio como mínimo.
A quien le interese conocer mejor cómo es la vida de una numeraria auxiliar, puede ver aquí algunos testimonios de numerarias auxiliares de distintas partes del mundo.
4. ¿Cuáles son las condiciones de vida de las numerarias auxiliares?
Las numerarias auxiliares reciben una remuneración por su trabajo profesional, tienen cobertura médica, acceden a formación académica y desarrollo profesional. Además, cuentan con facilidades y recursos adicionales para viajar a visitar a sus familias o para ayudar económicamente a sus familias en caso de que lo necesiten.
Contrariamente a lo que se ha afirmado en algunos medios de comunicación, viven en un entorno cuidado, con espacios para el descanso, la lectura y el crecimiento personal.
Varias numerarias auxiliares de Argentina han manifestado el deseo de que se dé a conocer las casas y habitaciones en donde viven: en este enlace se pueden ver fotos de algunas casas.
5. ¿Cuál es la posición del Opus Dei frente al caso?
Desde el inicio, el Opus Dei ha intentado establecer canales de diálogo, y hoy reafirma su disposición a colaborar con la Justicia para que los hechos se esclarezcan. Al mismo tiempo, rechaza categóricamente la acusación de trata y explotación, y sostiene que la denuncia se basa en una descontextualización de la vocación que libremente eligen las numerarias auxiliares. A su vez, considera que se está manipulando la aplicación al caso de una figura penal que no tiene ninguna vinculación ni con los hechos que describen las propias personas involucradas, ni mucho menos con la realidad en el Opus Dei.
Por eso, considera fundamental que las personas a las que se pretende imputar este delito puedan ejercer plenamente su derecho a la defensa y presentar por primera vez su versión de los hechos, lo que permitiría aclarar esta situación.
Esto es especialmente importante ante los intentos sistemáticos de instalar en los medios una narrativa de culpabilidad automática, sin respetar el debido proceso ni la presunción de inocencia, y tergiversando hechos para intentar manipular una acusación de un delito que nada tiene que ver con la realidad. Esto ha quedado demostrado una vez más con la reciente propuesta del abogado querellante de involucrar al prelado en la investigación, algo que no tiene ningún fundamento fáctico ni jurídico. En este sentido, el Opus Dei advierte sobre esta grave manipulación comunicativa del sistema jurídico para presionar en un reclamo económico-laboral.
6. ¿Cómo funciona el sistema penal de Argentina en un caso como este? ¿En qué etapa está el proceso judicial?
Para quienes no conocen el funcionamiento de la justicia penal en Argentina, puede ser útil una breve explicación que ayude a interpretar el estado actual de la situación y a evitar conclusiones apresuradas sobre un tema tan delicado y complejo.
En líneas generales, un caso penal en Argentina atraviesa dos grandes etapas: una primera, de investigación, a cargo de un juez o de un fiscal, y una segunda, de juicio oral, adjudicada a un tribunal integrado por tres jueces, que solo se abre si se considera que hay elementos procesales para avanzar hacia esta segunda etapa.
Al momento de la publicación de este texto, este caso se encuentra en la fase de investigación, también llamada “instrucción”. Esta etapa puede durar varios meses o incluso años y su objetivo es reunir elementos para determinar si hubo o no un delito y, en su caso, elaborar una hipótesis sobre quién podría ser responsable. Esta etapa está generalmente a cargo de los fiscales, tal como ocurrió al inicio de esta investigación. Sin embargo, en este caso, el juzgado consideró necesario reasumir la investigación. Desde entonces, el juez dirige la investigación, evalúa las pruebas reunidas, asegura las garantías procesales y está llamado finalmente a decidir si el caso debe cerrarse o continuar hacia la segunda etapa.
Tras la indagatoria, el juez debe tomar una decisión: puede dictar el sobreseimiento, si resuelve que no hubo delito o que la persona no lo cometió; puede declarar la falta de mérito, si considera que no hay pruebas suficientes de que se haya cometido un delito y que debe profundizarse la investigación; o, si entiende que existen indicios suficientes de que se hubiera cometido un delito, lo acusa formalmente mediante el auto de procesamiento, que implica avanzar hacia el juicio oral en primera instancia –regido por la presunción de inocencia y las garantías procesales–, en el que las partes deben presentar sus argumentos y pruebas ante un tribunal que juzga el caso. Después de la primera instancia, el sistema permite instancias de apelación.
En este caso concreto, hasta el momento, el juez no ha tomado ninguna decisión sobre los eventuales llamados a indagatoria, ni ha definido a quién convocar.
Por estos motivos es importante tener en cuenta que, en Argentina, una denuncia penal abierta (incluyendo las declaraciones de quien el juez considera necesario) no implica automáticamente la realización de un juicio oral. En muchos casos, la causa se cierra antes de llegar a esa etapa, ya sea porque el juez considera que no hubo delito (sobreseimiento) o porque considera que las pruebas son insuficientes (falta de mérito). La diferencia es relevante para quienes están acostumbrados a sistemas judiciales distintos. Por ejemplo, en el caso de Estados Unidos, la situación actual es equivalente a una investigación sin indictments.
La trata de personas es un delito gravísimo que atenta directamente contra la dignidad de las personas. Por eso mismo, la prelatura ha negado categóricamente esta acusación desde el primer momento. Además, considera especialmente grave que se intente forzar la aplicación de una figura penal tan seria en un caso que no guarda relación con los hechos narrados por la denunciante. Este tipo de maniobras no solo desvirtúan la función de la Justicia, sino que terminan banalizando situaciones verdaderamente dolorosas que afectan a miles de víctimas reales en el mundo.
En resumen, actualmente:
- La causa penal está en su etapa de investigación.
- No hay personas llamadas a prestar declaración indagatoria.
- El juez interviniente no ha dictado el procesamiento de ningún (eventual) imputado.
- No está en curso un juicio oral y público.
Breve línea de tiempo
- Septiembre 2020: El abogado patrocinante de las mujeres plantea un reclamo por aportes previsionales de 43 mujeres que fueron miembros de la prelatura. Se niega a dar información individualizada que permita conocer la situación particular de cada una de ellas.
- Abril 2021: Llevan el caso a los medios de comunicación, sumando nuevas críticas, algunas falsas y sacadas de contexto.
- Noviembre 2021: El vicario regional se reúne con el abogado patrocinante, con actitud abierta y de escucha con el fin de abrir caminos de diálogo. Sin embargo, el abogado vuelve a negarse a la posibilidad de ofrecer información de cada caso particular, generando un impedimento para dar una respuesta adecuada a cada persona.
- Junio 2022: Se crea una Comisión de Escucha y Estudio ante la falta de presentaciones judiciales de las supuestas damnificadas y la frustración de los canales de diálogo a través del abogado patrocinante de las mujeres.
- Septiembre 2022: Numerarias auxiliares de todo el mundo publican una carta abierta pidiendo respeto a su vocación.
- Diciembre 2022: Se crea la Oficina de Sanación y Resolución: a partir de la experiencia sanadora del proceso de escucha para las personas que acudieron, el vicario regional decidió constituir una comisión permanente abierta a personas que pertenecieron al Opus Dei, que quieran acercarse para resolver alguna cuestión concreta o conversar sobre sus vivencias en la institución. A través de estas iniciativasse ha logrado resolver el reclamo de algunas mujeres, que ya no forman parte del grupo. Algunas de ellas han manifestado que sólo querían resolver una cuestión previsional y que fueron utilizadas sin su consentimiento para realizar acusaciones graves que no comparten.
- Marzo 2024: Se establece para todos los países donde el Opus Dei está presente un protocolo de actuación ante reclamaciones institucionales, que incluye la creación de Oficinas de Sanación y Resolución en las circunscripciones donde se considere conveniente. Este tipo de Oficina se ha creado en varios países, por ejemplo, en España.
- Septiembre 2024: tras la presentación por parte de la fiscalía de su dictamen, la información se publicó en la prensa y la fiscalía incluyó en su newsletter institucional que había realizado una investigación y la había trasladado al juez correspondiente. Allí quedó a la vista que el reclamo que se había iniciado por inconsistencias en aportes previsionales y cuestiones laborales, eventualmente trasladables a una demanda de daños y perjuicios, extrañamente se había convertido en una investigación penal por “trata de personas” y “explotación laboral”. El Opus Dei rechazó categóricamente estas alegaciones. A su vez, mantuvo su disposición a colaborar con la justicia y a escuchar con actitud empática y disposición abierta a todas las personas que se presenten con un reclamo o para compartir una experiencia negativa.
- Julio 2025: la fiscalía reitera su solicitud de agosto de 2024 y pide que se llame también a prestar declaración indagatoria a Mons. Mariano Fazio, antiguo vicario regional de Argentina, actual vicario auxiliar de la prelatura, residente en Roma. Días más tarde, el abogado querellante informa en una entrevista radial que ha solicitado incluir en la investigación a Mons. Fernando Ocariz, prelado del Opus Dei. El Opus Dei se ve obligado a advertir sobre una grave manipulación con fines mediáticos del sistema judicial para presionar en un reclamo laboral económico, a través de maniobras carentes de todo fundamento fáctico y jurídico.
- Para conocer más antecedentes de este conflicto, se puede acceder aquí.
- En este enlace se puede conocer más sobre la vida de las numerarias auxiliares.
- Se puede acceder aquí a historias de vida de numerarias auxiliares que explican cómo es y qué implica su elección vocacional. Aquí las historia de Mariana, de Luli y de Kele, numerarias auxiliares en Argentina.
- En este enlace se pueden ver más testimonios sobre la vocación en el Opus Dei.