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Incorporación al Opus Dei

Ser del Opus Dei compromete a recibir formación cristiana y participar con empeño en la misión apostólica de la Iglesia.

Opus Dei

Estatutos del Opus Dei

Los estatutos del Opus Dei fueron promulgados por el Papa San Juan Pablo II en 1982. Escritos en latín, definen con precisión la configuración jurídica de esta prelatura, su organización y fines. No existe una traducción oficial de los Estatutos. Para facilitar su comprensión en lengua castellana, se incluye una traducción realizada por un profesor de Filología Latina.

Prelatura Personal

Lugar del Opus Dei en la Iglesia Católica

La formación espiritual que ofrece el Opus Dei complementa la labor que realizan las iglesias locales. Las personas que se incorporan al Opus Dei continúan siendo fieles de la diócesis a la que pertenecen.

Prelatura Personal

Organización de la Prelatura

La prelatura está gobernada por un Prelado, de acuerdo con el derecho canónico y los estatutos propios del Opus Dei. Tiene su sede en Roma.

Prelatura Personal

Las competencias del prelado del Opus Dei

En este artículo se explican las competencias que posee el prelado del Opus Dei sobre laicos y sacerdotes incorporados a la Prelatura.

Prelatura Personal

El Opus Dei, prelatura personal

Desde el punto de vista jurídico, el Opus Dei es una Prelatura personal de la Iglesia católica. Las prelaturas tienen encomendada la realización de peculiares actividades pastorales.

Prelatura Personal

Solteros y casados; Numerarios, Agregados, Supernumerarios en el Opus Dei

«Según la disponibilidad habitual de cada uno para dedicarse a las tareas de formación y a determinadas labores apostólicas del Opus Dei, los fieles de la Prelatura, varones o mujeres, se denominan Numerarios, Agregados o Supernumerarios, sin formar por esto clases diversas. Esta disponibilidad depende de las variadas y permanentes circunstancias ‑personales, familiares, profesionales u otras análogas‑ de cada uno»

Opus Dei

Normas jurídicas

La Prelatura del Opus Dei se rige por las normas del derecho general de la Iglesia, por la constitución apostólica Ut sit y por sus propios Estatutos o Código de derecho particular del Opus Dei.

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