Las prelaturas personales son circunscripciones eclesiásticas, previstas por el Concilio Vaticano II y por el Código de Derecho Canónico, que se constituyen para llevar a cabo, con gran flexibilidad, determinadas tareas pastorales. Los fieles de las prelaturas personales siguen perteneciendo a las iglesias locales o diócesis donde tienen su domicilio.
¿Qué son las prelaturas personales?
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