Algunas orientaciones sobre la confesión y el acompañamiento espiritual que ofrece la Prelatura

En el Opus Dei se siguen las normas y recomendaciones dadas por el Magisterio de la Iglesia para posibilitar este sacramento y el acompañamiento espiritual.

Jornada Mundial de la Juventud, Cracovia 2016 - Fotografía: archive.krakow2016

San Josemaría recomendaba, como tantos santos y autores espirituales, la práctica de la confesión frecuente para fortalecer la vida espiritual apoyándose en la gracia de Dios. También animaba a buscar la ayuda de otras personas a través del acompañamiento espiritual, entendido siempre desde una perspectiva de libertad que ayude a cada persona a abrir horizontes interiores.

El Papa Francisco ha insistido a través de sus enseñanzas y gestos en la importancia y actualidad de estos dos medios de ayuda espiritual. Por ejemplo, en varias ocasiones ha recibido el sacramento del perdón en la basílica de San Pedro como un penitente más, y señaló con ocasión del Jubileo de la Misericordia que “es importante que vaya al confesionario, que me ponga a mí mismo frente a un sacerdote que representa a Jesús, que me arrodille frente a la Madre Iglesia llamada a distribuir la misericordia de Dios. Hay una objetividad en este gesto, en arrodillarme frente al sacerdote, que en ese momento es el conducto de la gracia que me llega y me cura” [1].

Respecto al acompañamiento espiritual, en la Exhortación apostólica Evangelii Gaudium dedicó los nn. 169 a 173 a tratar de este tema, explicando su sentido y sus características para ser una ayuda eficaz, tanto por parte de quien acude como por quien lo ofrece: “La escucha nos ayuda a encontrar el gesto y la palabra oportuna que nos desinstala de la tranquila condición de espectadores. Sólo a partir de esta escucha respetuosa y compasiva se pueden encontrar los caminos de un genuino crecimiento, despertar el deseo del ideal cristiano, las ansias de responder plenamente al amor de Dios y el anhelo de desarrollar lo mejor que Dios ha sembrado en la propia vida” [2].

Los sacerdotes del Opus Dei, en formación permanente como todos los clérigos (cfr. c. 279 CIC), reciben orientaciones para mejorar la atención pastoral que prestan a los fieles de la Prelatura y otras personas que acuden a su ministerio, siempre en sintonía con el Magisterio y el Derecho de la Iglesia. En los años recientes, se han incorporado a los programas de formación permanente las enseñanzas del Papa Francisco con ocasión del Año de la Misericordia y de recientes alocuciones [3], así como las recomendaciones de expertos en temas de psicología, comunicación y otras especialidades en armonía con las enseñanzas de la Iglesia respecto a los avances de sus conocimientos. La carta pastoral sobre la libertad escrita por el Prelado el 9 de enero de 2018 también ha constituido una fuente para profundizar en los mejores modos de acompañar a las personas en su camino de libertad interior y diálogo con Dios.

En las conversaciones de acompañamiento espiritual, el sacerdote -o un laico capacitado para ello- aconseja sobre los temas que le plantea la persona que acude en busca de ayuda. También, de acuerdo con el grado de confianza o la sensibilidad del interesado, puede sugerir temas para abrir horizontes o facilitar el crecimiento interior. Esos consejos no son imposiciones, sino sugerencias para que el interesado las valore y lleve a la práctica, si las hace propias. Quien aconseja nunca se pone como modelo de las orientaciones que pueda dar, sino que las hace en sintonía con las enseñanzas de la Iglesia, y del espíritu de la Obra en el caso de los fieles de la Prelatura.

En esta línea, tomando conciencia de que el proceso de secularización que vivimos presenta mayores desafíos en la vivencia de la fe en la vida de todos los días, se ha fortalecido la preparación de los laicos, mujeres y varones, que acompañan espiritualmente. Esta formación ahonda en la importancia de fomentar un clima de respeto y libertad interior, en el que no tienen lugar expresiones o gestos autoritarios o de potestad sobre las personas [4].

En Bolivia, las orientaciones generales se complementan con las directrices de la Conferencia Episcopal.

Cómo se viven estas orientaciones en las instituciones que reciben ayuda pastoral del Opus Dei en Bolivia

Las orientaciones que aplica la Prelatura del Opus Dei al acompañar, con atención sacerdotal, a las instituciones educativas con las que tiene un convenio establecido para contribuir con la vivificación católica de esas iniciativas son las siguientes:

La atención de los sacerdotes

El acompañamiento espiritual que ofrecen los sacerdotes de la Prelatura del Opus Dei, en instituciones con las que la Prelatura tiene un convenio de atención pastoral (cfr. nn. 121-123 de los Estatutos de la Prelatura), sigue las indicaciones y recomendaciones de la Iglesia, contenidas en varios textos: el Ritual de la Penitencia, el documento “El sacerdote confesor y director espiritual, ministro de la misericordia divina” [5], el Catecismo de la Iglesia Católica, el Código de Derecho Canónico.

Sobre el modo de ofrecer el acompañamiento espiritual

Los capellanes que se designan, acuerdan con cada institución las horas y lugares de atención para dar acompañamiento espiritual y administrar el sacramento de la Penitencia.

Procuran mostrarse disponibles y, al explicar la ayuda que suponen estos medios, destacan siempre la libertad de cada persona para recurrir a ellos [6], evitando toda posible impresión de coerción personal o del ambiente que lleve a alguna persona a sentirse incómoda o perjudicada si no conversa con el sacerdote. La iniciativa debe nacer de los interesados, que pueden elegir al sacerdote que quieran y dejar de acudir a él cuando lo estimen conveniente [7].

En el sacramento de la Penitencia se otorga un gran bien: la absolución de los pecados en nombre de Cristo. Además, el confesor colabora con la gracia de Dios mediante consejos que animen y abran horizontes, con orientaciones que ayuden a considerar el amor y la misericordia que el Señor nos tiene [8]. En el acompañamiento espiritual y en la confesión, el sacerdote se esfuerza por facilitar el diálogo con gran prudencia y delicadeza [9], manteniendo un tono respetuoso de la intimidad de la persona. Si al penitente le parece bien, el sacerdote puede ayudarle a confesarse recordando y explicando los mandamientos, siempre de modo positivo y evitando toda incomodidad [10].

Sobre el lugar

El lugar propio para el sacramento de la Penitencia es el confesionario, que puede tener rejilla entre el penitente y el confesor, salvo que haya una justa causa (cfr. CIC, can. 964) [11] y que se encuentra siempre en una iglesia o capilla, en un lugar visible y público. Normalmente el confesionario con rejilla es el más conveniente y se sugiere de modo especial para niñas, niños y adolescentes. Cuando acuden mujeres, se utiliza el confesionario con rejilla. En algunos casos se confiesa en una sala que tiene total visibilidad desde fuera.

Para las conversaciones propias del acompañamiento espiritual, se utilizan también el confesionario, o salas amplias con puertas de vidrio, o lugares abiertos. Las conversaciones de acompañamiento espiritual con mujeres es recomendable que se realicen también en confesionarios con rejilla.

Sigilo sacramental

Los sacerdotes viven la inviolabilidad del sigilo sacramental con rigor absoluto, de acuerdo con lo que se señala en el Ritual de la Penitencia, el Código de Derecho Canónico y la reciente Nota de la Penitenciaría Apostólica [12]. También se vive una reserva total acerca de las conversaciones del acompañamiento espiritual [13].

[1] Papa Francisco, El nombre de Dios es misericordia.

[2] Papa Francisco, Exhortación apostólica Evangelii Gaudium n. 171.

[3] Web del Año de la Misericordia: http://www.im.va/content/gdm/es.html ; Carta apostólica Misericordia et misera: https://www.vatican.va/content/francesco/es/apost_... ; homilías y ángelus: https://www.vatican.va/content/francesco/es/homilies/2019/documents/papa-francesco_20190329_omelia-penitenza.html y https://www.vatican.va/content/francesco/es/angelus/2021/documents/papa-francesco_angelus_20210214.html

[4] Un libro que recoge en parte esta visión y orientaciones es Para llegar a puerto, de Francisco Fernández Carvajal (https://www.palabra.es/para-llegar-puerto-0568.html).

[5] Congregación para el Clero, 9 de marzo de 2011.

[6] Cfr. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1464.

[7] Como explica el Catecismo en los nn. 1425-1429, el sacramento de la Penitencia se entiende en el contexto de la conversión personal que lleva a buscarlo libremente.

[8] Cfr. Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 1465-1466; El Sacramento de la Reconciliación n. 14, Conf. Episcopal de Chile 17 de noviembre de 1978; Para redescubrir el ritual de la Penitencia, Congr. para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos.

[9] Cfr. Ritual para la confesión, n. 18; Para redescubrir el ritual de la Penitencia, Congr. para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos; Código de Derecho Canónico, canon 979; Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1466.

[10] En lo referente al sexto mandamiento del decálogo, los sacerdotes tienen especialmente presentes los criterios de delicadeza y prudencia en las preguntas que se estimen hacer para ayudar a iluminar la conciencia. Siguiendo la praxis habitual de la Iglesia en estas materias, en caso de duda sobre la integridad del sacramento, más vale ser escuetos que producir incomodidad o escándalo por exceso. Cfr. Mensaje de Juan Pablo II a la Penitenciaría Apostólica, 20-III-1998, n. 5.

[11] Cfr. Ritual para la confesión n. 12; El Sacramento de la Reconciliación n. 12; Código de Derecho Canónico, canon n. 964.

[12] Cfr. Ritual para la confesión n. 1; El Sacramento de la Reconciliación n. 12; Código de Derecho Canónico, cánones 983 y 984, Catecismo de la Iglesia Católica n. 1467 y la reciente Nota de la Penitenciaría Apostólica sobre la importancia del fuero interno y la inviolabilidad del sigilo sacramental, 29-VI-2019, n. 1.

[13] “En la dirección espiritual, los fieles abren libremente el secreto de su conciencia al director espiritual/guía, para ser guiados y apoyados en la escucha y cumplimiento de la voluntad de Dios. Por tanto, también este ámbito particular exige un cierto grado de secreto ad extra, inherente al contenido de los discursos espirituales y que deriva del derecho de cada uno al respeto de su propia intimidad”, Nota de la Penitenciaría Apostólica sobre la importancia del fuero interno y la inviolabilidad del sigilo sacramental, 29-VI-2019, n. 2.