Discurso del Prelado en la apertura del proceso de Dora del Hoyo

Publicamos la traducción al español del discurso de Monseñor Javier Echevarría en la ceremonia de apertura del Proceso de Canonización de Dora del Hoyo en Roma, el 18 de junio de 2012

SESIÓN DE APERTURA DEL PROCESO SUPER VITA ET VIRTUTIBUS DE LA SIERVA DE DIOS DORA DEL HOYO

Mons. Javier Echevarría, Prelado del Opus Dei

Pontificia Universidad de la Santa Cruz

Roma, 18-VI-2012

En la Exhortación Apostólica Postsinodal Verbum Domini, el Santo Padre Benedicto XVI ha escrito que «la interpretación de la Sagrada Escritura quedaría incompleta si no se estuviera también a la escucha de quienes han vivido realmente la Palabra de Dios, es decir, los santos. En efecto, “viva lectio est vita bonorum“. La interpretación más profunda de la Escritura proviene precisamente de los que se han dejado plasmar por la Palabra de Dios a través de la escucha, la lectura y la meditación asidua» [1].

Por eso, «cada santo es como un rayo de luz que sale de la Palabra de Dios»[2]. Y entre «las grandes espiritualidades que han marcado la historia de la Iglesia», entre esos “rayos de luz” que iluminan las vidas de los hombres, el Papa afirma que ocupa un lugar importante «san Josemaría Escrivá y su predicación sobre la llamada universal a la santidad» [3].

Desde el 2 de octubre de 1928, el Fundador del Opus Dei enseñó que «las tareas profesionales —también el trabajo del hogar es una profesión de primer orden— son testimonio de la dignidad de la criatura humana; ocasión de desarrollo de la propia personalidad; vínculo de unión con los demás; fuente de recursos; medio de contribuir a la mejora de la sociedad, en la que vivimos, y de fomentar el progreso de la humanidad entera… —Para un cristiano, estas perspectivas se alargan y se amplían aún más, porque el trabajo —asumido por Cristo como realidad redimida y redentora— se convierte en medio y en camino de santidad, en concreta tarea santificable y santificadora» [4].

Dora del Hoyo fue la primera mujer llamada por Dios a seguir a San Josemaría en el esfuerzo de santificarse y de santificar el trabajo del hogar entendido como trabajo profesional en medio del mundo. El 10 de enero de 2004, en la homilía de la Misa de exequias, afirmé que «Dora tuvo una gran importancia para el Opus Dei». Estaba convencido entonces y, si cabe, a medida que pasa el tiempo lo estoy cada vez más, del relevante papel que esta mujer ha desempeñado y desempeñará en la vida de la Iglesia y en la sociedad.

Inmediatamente después de su fallecimiento, comenzaron a manifestarse señales claras de la sólida y extendida fama de santidad de que gozaba esta Sierva de Dios. Desde esa fecha, he recibido más de trescientas relaciones ad futuram memoriam, enviadas de manera espontánea por personas —fieles de la Prelatura o no— que han conocido a Dora, para atestiguar y documentar la ejemplaridad de su vida cristiana.

También a partir del primer momento han llegado relatos de gracias y favores atribuidos a su intercesión; hasta ahora, se han recibido más de trescientas de estas narraciones, procedentes de 25 países de los cinco continentes.

Esta abundante documentación constituye una prueba fehaciente de la extensión de la fama de santidad y de la fama signorum de la Sierva de Dios Dora del Hoyo. Una fama que se «manifiesta espontánea y no procurada artificiosamente», «estable, continua, difundida entra personas dignas de fe, extendida entre una parte significativa del pueblo de Dios» [5].

Por estos motivos, transcurrido el plazo previsto, con Decreto de 11 de febrero de 2010 nombré Postulador de la Causa de Canonización de Dora del Hoyo al Rev.mo Mons. José Luis Gutiérrez, el cual el 2 de octubre de 2011, de acuerdo con la legislación vigente [6], me presentó la petición oficial para abrir la Causa.

El 22 de enero de 2011 designé dos Censores[7], para que examinaran los escritos de la Sierva de Dios. En esa misma fecha, también nombré tres Peritos in re historica et archivistica[8], que tras cuidadosas investigaciones en los archivos y el estudio de los documentos existentes han puesto de manifiesto, más allá de toda duda razonable, la ejemplaridad cristiana de su trayectoria terrena.

Además, el 11 de octubre de 2011 emané un Edicto[9] invitando a los fieles de la Prelatura del Opus Dei que dispusieran de noticias útiles en relación con la Causa —tanto a favor como en contra—, de escritos de Dora del Hoyo o de documentos referentes a su persona y a su conducta, a que los diesen a conocer con entera libertad, para facilitar que la investigación fuera lo más completa posible y la verdad resulte firmemente establecida.

Por último, notifiqué a la Conferencia Episcopal del Lacio y a la Congregación de las Causas de los Santos mi deseo de comenzar esta Causa de Canonización, para que si hubiera alguna objeción por su parte me lo hicieran saber. Los nihil obstat de estos organismos llevan fecha de 28 de febrero y 31 de mayo de 2012, respectivamente.

Dios Nuestro Señor llamó a Dora del Hoyo a ocuparse de tareas muy semejantes a las que realizó la Bienaventurada Virgen María en el hogar de Nazaret. Estoy seguro de que el ejemplo cristiano de esta mujer, con su fidelidad total a la vida cristiana, contribuirá a mantener vivo el ideal del espíritu de servicio y a difundir en nuestra sociedad la importancia de la familia, auténtica Iglesia doméstica, que ella supo encarnar con su trabajo diario, generoso y alegre, siguiendo las enseñanzas de san Josemaría. Confío el buen desarrollo de los trabajos de este Tribunal a la intercesión del Fundador del Opus Dei, de quien la Sierva de Dios fue hija fidelísima. Así sea.


[1] Exhortación Apostólica Postsinodal Verbum Domini, 30-IX-2010, n. 48.

[2] Ibid.

[3] Ibid.

[4] San Josemaría, Forja, n. 702.

[5] Instrucción Sanctorum Mater, 17-V-2007, art. 7, § 2.

[6] Cfr. Const. Ap. Divinus Perfectionis Magister, 25-I— 1983; Normæ servandæ in inquisitionibus ab Episcopis faciendis in causis sanctorum, del 7 de febrero del mismo año (nn. 11-15); Instr. Sanctorum Mater, art. 36-37.

[7] Cfr. Normæ servandæ…, n. 13.

[8] Cfr. Normæ servandæ…, n. 14, Instr. Sanctorum Mater, art. 68-75.

[9] Cfr. Normæ servandæ…, n. 11 b.