“La comunión entre la Prelatura del Opus Dei y las diócesis es una gozosa realidad práctica”

Discurso completo de Mons. Monterisi en la conmemoración del 25º aniversario del Opus Dei como Prelatura personal en Madrid

Me alegra mucho participar en este Encuentro con que el OPUS DEI celebra el vigésimo quinto aniversario de su erección como Prelatura Personal.

Sobre todo, es para mí un honor estar aquí para transmitir la cordial felicitación de Su Eminencia el Card. Giovanni Battista RE, Prefecto de la Congregación para los Obispos, a la cual el Romano Pontífice encomendó la competencia de la Santa Sede sobre las cuestiones relacionadas con la Prelatura del Opus Dei. En nombre del Cardenal Prefecto saludo al Vicario regional del Opus Dei en España, y a todos los miembros del Opus Dei, en ocasión de esta mirada panorámica a veinticinco años de vida y de obras felizmente realizadas. Saludo a todos los presentes, que gozan por el camino y el progreso que la joven Prelatura ha recorrido y desean que el Opus Dei siga sirviendo cada vez mejor a la Santa Iglesia Católica.

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El 28 de noviembre de 1982, el Papa Juan Pablo II erigió el Opus Dei como Prelatura Personal de la Iglesia Católica. El 19 de marzo de 1983 fue solemnemente ejecutada la Bula relativa “Ut sit”, cuando ya había sido promulgado el Código de Derecho Canónico, el 25 de enero de 1983. No cabe duda de que lo que estamos conmemorando fue un acontecimiento importante, tanto en la vida de la institución fundada por San Josemaría Escrivá de Balaguer, como en toda la Iglesia: se daba definitivamente cauce y aprobación a una fuerza apostólica presente en los cinco Continentes y se erigía por primera vez una Prelatura Personal.

Como es sabido, el Decreto Conciliar “Presbyterorum Ordinis”, de 1965, había aludido a la creación de prelaturas personales. La idea había sido retornada en el Motu Proprio de Paulo VI, “Ecclesiae Sanctae”, y después en el Código de Derecho Canónico, en los cánones doscientos noventa y cuatro al doscientos noventa y siete (294-297).

Sin embargo, ya mucho antes de la celebración del Vaticano II, San Josemaría venía rezando por que fuese posible una intervención de la autoridad eclesiástica que confirmara la unidad de vocación de los diversos miembros del Opus Dei y garantizara su condición de fieles laicos o de sacerdotes seculares en la Iglesia.

San Josemaría quería sobre todo que el reconocimiento jurídico definitivo del Opus Dei se llevara a cabo dentro del Derecho común de la Iglesia, sin privilegios y sin régimen de excepción.

Buscaba que el Derecho permitiera la incardinación de sacerdotes en un organismo eclesial para la formación de los miembros de la Obra y para su participación en las tareas apostólicas. Además, la intervención de la Santa Sede debería reconocer la organización internacional del Opus Dei, pues ésta no se limita a un territorio concreto.

Una característica importante de los fieles del Opus Dei es la igualdad de condición respecto de los demás fieles de las diócesis y parroquias, en el sentido de que la pertenencia a la Obra no les aparta de las Iglesias particulares. Por eso la solución jurídica definitiva habría de dejar clara la dependencia de los fieles del Opus Dei respecto de los Obispos, ni más ni menos que los demás fieles de la diócesis.

Todas estas características quedaban cumplidas con la figura de las prelaturas personales.

Como testimonian las biografías publicadas, San Josemaría confió mucho en el poder de la oración, antes que en el mero estudio de los aspectos formales y jurídicos. Seguramente no sin emoción, los miembros del Opus Dei pudieron leer estas palabras de Juan Pablo II en el preámbulo de la constitución apostólica “Ut sit”, que erigió la Prelatura:

“Con grandísima esperanza, la Iglesia dirige sus cuidados maternales y su atención al Opus Dei, que, por inspiración divina, el Siervo de Dios Josemaría Escrivá de Balaguer fundó en Madrid el 2 de octubre de 1928, con el fin de que siempre sea un instrumento apto y eficaz de la misión salvífica que la Iglesia lleva a cabo para la vida del mundo”[1].

1. COLABORACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL OPUS DEI EN LAS ACTIVIDADES DIOCESANAS. BENEFICIOS PARA LAS DIÓCESIS DE LA PRESENCIA Y LA ACTIVIDAD DE LOS MIEMBROS DEL OPUS DEI.

La comunión entre la Prelatura del Opus Dei y las diócesis es una gozosa realidad práctica. El Card. Camillo RUINI, en un admirable discurso del pasado once (11) de marzo, sobre la base de su larga experiencia como Vicario General del Santo Padre para la diócesis de Roma, y especialmente como Secretario y después Presidente de la Conferencia Episcopal Italiana, ha expuesto y documentado que la presencia y actividades de los miembros del Opus Dei deben beneficiar, y de hecho, han beneficiado a las actividades pastorales de cada una de las diócesis en que trabajan. Como conclusión de su discurso el Card. Ruini ha dicho: “Después de estas reflexiones se demuestra que la acción del Opus Dei en las diócesis en que trabaja es interior a ellas, contribuyendo a dar a cada diócesis la diversificación interna que es propia de la comunión. Es un servicio que aparece dentro de la misma diócesis casi naturalmente, sin necesidad de una inserción ulterior… Y las diócesis reconocen que el fruto de tal servicio se da principalmente en la vida vivida por sus fieles; en esta vida se verifica la dimensión profética de la llamada a la santidad en medio del mundo y de ella la diócesis obtiene frutos abundantes de santidad y vida apostólica”.

Se podría añadir que con las disposiciones jurídicas contenidas en el Código de Derecho Canónico y en la Constitución Apostólica “Ut sit”, la Santa Sede vela para que la labor de las jurisdicciones personales en el territorio de las diócesis se lleve a cabo con espíritu de comunión.

Por otra parte, la Constitución Apostólica “Ut sit” (n. VI) prevé que cada cinco años el Prelado presente al Romano Pontífice, a través de la Congregación para los Obispos, un informe acerca de la situación de la Prelatura y del desarrollo de su trabajo.

Carecían, por tanto, de fundamento las preocupaciones que algunos manifestaron en los años cercanos a la erección de la Prelatura, pensando que el Opus Dei quedaría al margen de la Jerarquía. Al contrario, con la Prelatura, el Opus Dei está sometido al régimen de un Prelado que la dirige en comunión con la Sede Apostólica y con los demás Obispos.

2. LA SOCIEDAD SACERDOTAL DE LA SANTA CRUZ.

Al hablar del Opus Dei se piensa inmediatamente en la labor que la Prelatura realiza a favor de los laicos, promoviendo la vida cristiana en el mundo del trabajo, en la familia, etcétera.

Pero al referirnos al servicio prestado a las diócesis, pienso que no se puede silenciar el gran apostolado que el Opus Dei realiza a través de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz. Efectivamente, mediante esta asociación de clérigos se presta una ayuda espiritual a los sacerdotes incardinados en las distintas diócesis del mundo, y los que sienten la llamada vocacional pueden adherirse a dicha Sociedad sin que por eso disminuya un ápice su dedicación a la diócesis ni su dependencia del propio Obispo. Más aún, la formación que se da a los clérigos tiende a reforzar esa dedicación; así lo explicaba el Fundador del Opus Dei: “El espíritu del Opus Dei, en efecto, tiene como característica esencial el hecho de no sacar a nadie de su sitio –unusquisque, in qua vocatione vocatus est, in ea permaneat (1 Cor 7, 20)-, sino que lleva a que cada uno cumpla las tareas y deberes de su propio estado, de su misión en la Iglesia y en la sociedad civil, con la mayor perfección posible. Por eso, cuando un sacerdote se adscribe a la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz no modifica ni abandona su vocación diocesana –dedicación al servicio de la Iglesia local a la que está incardinado, plena dependencia del propio Ordinario, espiritualidad secular, unión con los demás sacerdotes, etc.-, sino que, por el contrario, se compromete a vivir esa vocación con plenitud, porque sabe que ha de buscar la perfección precisamente en el mismo ejercicio de sus obligaciones sacerdotales, como sacerdote diocesano”. Y San Josemaría concluía: “¿Los frutos de toda esta labor? Son para las Iglesias locales, a las que estos sacerdotes sirven. Y de esto se goza mi alma de sacerdote diocesano, que ha tenido además, repetidas veces, el consuelo de ver con qué cariño el Papa y los Obispos bendicen, desean y favorecen este trabajo”[2].

3. LOS FRUTOS DE LAS ACTIVIDADES DEL OPUS DEI EN LA IGLESIA.

La publicación de los documentos de hace 25 años fue acompañada de un texto escrito por el entonces Prefecto de la Congregación para los Obispos, el cardenal Sebastiano Baggio. Se trataba de un comentario y presentación de la decisión pontificia. El título de aquel comentario era muy expresivo: “Un bene per tutta la Chiesa”: “Un bien para toda la Iglesia”. Allí se explicaba que la decisión de Juan Pablo II era adecuada a la realidad espiritual y pastoral del Opus Dei, pero inseparablemente habría de beneficiar también a toda la Iglesia[3].

La misma Constitución Apostólica “Ut sit” empieza precisamente motivando el acto de erección de la Prelatura, al afirmar que se realiza “con el fin de que el Opus Dei siempre sea un instrumento apto y eficaz de la misión salvífica que la Iglesia lleva a cabo para la vida del mundo”. Estaba muy dentro del corazón de San Josemaría la idea de que la razón de ser del Opus Dei está en servir a la Iglesia. Y, en efecto, la labor que realiza la Prelatura no se queda encerrada en ella, sino que, difundiendo el mensaje de la llamada universal a la santidad y elevando el nivel de formación cristiana, favorece directamente a las diócesis donde trabaja, pues los beneficiarios de esta labor son los fieles de esas diócesis.

Así lo explicaba el Siervo de Dios Juan Pablo II dirigiéndose a algunos fieles de la Prelatura que habían participado en Roma en unas Jornadas de reflexión sobre la Carta Apostólica “Novo milennio ineunte”: “Deseo subrayar, ante todo, que la pertenencia de los fieles laicos tanto a su Iglesia particular como a la Prelatura, a la que están incorporados, hace que la misión peculiar de la Prelatura confluya en el compromiso evangelizador de toda Iglesia particular, tal como previó el Concilio Vaticano II al plantear la figura de las prelaturas personales”[4].

El Santo Padre ha dejado bien patente cómo la tarea que corresponde al Prelado del Opus Dei beneficia a toda la Iglesia, cuando, con ocasión de las bodas de oro sacerdotales de Su Excelencia Mons. Javier Echevarría, lo felicitaba con estas palabras: “Gobernando tu Prelatura y contemplando en ella la gracia de Dios, no cesas de exhortar a sus miembros –con tu ejemplo, con tus escritos, con tu palabra y tus viajes pastorales- a permanecer en el Señor con un corazón firme (Act 11, 23). Cuando fomentas el afán de santidad personal y el celo apostólico de tus sacerdotes y laicos, no sólo ves crecer la grey que te ha sido confiada, sino que proporcionas un eficaz auxilio a la Iglesia en la urgente evangelización de la sociedad actual”[5].

Resulta imposible valorar en términos cuantitativos los frutos apostólicos que se derivan de la acción de la Prelatura, ya que éstos no se reducen a los producidos por las actividades institucionales de la Prelatura, sino que hay que contar con los que surgen del apostolado personal de los fieles del Opus Dei. A esto se refería el Papa cuando, hablando a los jóvenes que participan en los medios de formación cristiana impartidos por la Prelatura, los animaba a realizar “el ‘apostolado de amistad’ que San Josemaría, fundador del Opus Dei, describe como “amistad personal, sacrificada, sincera: de tú a tú, de corazón a corazón” (Surco, n. 191). Cada cristiano es invitado a ser amigo de Dios y, con su gracia, a atraer a Él a los propios amigos. El amor apostólico se convierte así en una auténtica pasión que se traduce en comunicar a los demás la felicidad que se encuentra en Jesús[6].

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Cuando en 1982 el Santo Padre erigía la primera prelatura personal, lo hacía, como leemos en el Proemio de la Constitución Apostólica, “con grandísima esperanza”. Después de veinticinco años podemos ver que esta esperanza ha sido ampliamente colmada por lo que, al rememorar este acto de Juan Pablo II, no podemos dejar de elevar nuestros corazones a la Santísima Trinidad para darle gracias por la misericordia con la que continuamente asiste a su Iglesia.

[1] JUAN PABLO II, Constitución Apostólica “Ut sit”. 28.XI.1982, en AAS, 75 (1983), pp. 423-425, proemio.

[2] SAN JOSEMARÍA ESCRIVÁ DE BALAGUER, en Conversaciones con Mons. Escrivá de Balaguer, p. 16.

[3] Cf. S. BAGGIO, Un bien para toda la Iglesia, en L’Osservatore Romano, ed. Española, 5. XII.1982.

[4] JUAN PABLO II, Discurso a los participantes en el Encuentro sobre la “Novo milennio ineunte” promovido por la Prelatura del Opus Dei, 17 de marzo de 2001, en L’Osservatore Romano, del 18 marzo de 2001, P. 6.

[5] BENEDICTO XVI, Carta al Prelado del Opus Dei, 9 de julio de 2005.

[6] BENEDICTO XVI, Discurso a los participantes en el Congreso UNIV, 10 abril 2005.