Belgica: ¿El Opus Dei en una "lista de sectas" elaborada por una comisión parlamentaria belga?

Un ejercicio de manipulación informativa o el origen de un tópico.

1. El informe y la "lista" de la comisión parlamentaria belga

El informe, de fecha 28 de abril de 1997, que incluye esa supuesta "lista de sectas", fue el resultado del estudio de una comisión parlamentaria "para determinar una política de lucha contra las prácticas ilegales de las sectas". El informe, redactado en dos idiomas (francés y flamenco) consta de dos partes:

- La primera (364 páginas), puede encontrarse en:

https://www.dekamer.be/FLWB/pdf/49/0313/49K0313007.pdf

- La segunda (306 páginas), en:

https://www.dekamer.be/FLWB/pdf/49/0313/49K0313008.pdf

La segunda parte contiene una tabla sinóptica (págs. 228-273) de las instituciones, grupos y movimientos citados a lo largo del estudio. Que la comisión parlamentaria (formada por 11 miembros) haya "estudiado" todas y cada una de esas instituciones (¡189 en total!) es mucho decir, pues la mayor parte (como el Opus Dei) son citadas de pasada y no fueron objeto de un estudio específico. La comisión dedicó especial atención sólo a 40 presuntos "movimientos sectarios", entre los que no figuran ni el Opus Dei ni otras instituciones de la Iglesia Católica (cfr. págs. 285-364 de la primera parte del informe).

El Opus Dei consta, en efecto, en el n.133 de la tabla sinóptica, donde se indica claramente su pertenencia a la Iglesia Católica y que el Papa Juan Pablo II lo erigió en prelatura personal en 1982.

2. Los supuestos "testimonios" sobre el Opus Dei

Los testimonios sobre los llamados "movimientos sectarios" recogidos por la comisión parlamentaria procedían de:

1) instancias oficiales (gendarmería, magistratura, Seguridad del Estado, etc.)

2) testigos directos (familiares, miembros y ex-miembros de las supuestas "sectas")

3) testigos indirectos (personas que no fueron llamadas a declarar sobre una institución, movimiento o grupo concreto; es decir: expertos en diversos campos)

En el n.133 de la tabla se dice que los datos sobre el Opus Dei provienen sólo de "testigos indirectos". Se trata, concretamente, de cuatro de los seis representantes de los medios académicos que declararon (cfr. págs. 2-3 de la primera parte del informe). Los cuatro se refirieron de pasada al Opus Dei (cfr. págs. 68-94 de la primera parte del informe), manifestando opiniones personales o de terceras personas (sin documentación de apoyo): nueve referencias en total, casi todas calumniosas. Uno de ellos se refirió al Opus Dei una sola vez; transcribimos ese párrafo de su declaración, aunque contiene un grave error (pues el Opus Dei no tiene fines políticos):

Finalmente, otras instituciones —como la franc-masonería o el Opus Dei— pueden ser consideradas como grupos cuyos miembros quieren influir, incluso infiltrar el poder político. Y sin embargo, en esos casos, no se puede hablar necesariamente de sectas (pág. 74 de la primera parte del informe) (1)

No hubo otras informaciones, ni por parte de "instancias oficiales" ni de "testigos directos". Un párrafo del informe se refiere a tres supuestos testigos directos que debían declarar:

Por otra parte, el 21 de febrero de 1997 debían ser oídos tres testigos sobre el Opus Dei. Sin embargo, esas tres personas han renunciado por razones de orden personal (pág. 18 de la primera parte del informe) (2)

3. Algunos testigos lanzan la piedra y la comisión parlamentaria se lava las manos.

Sobre la valoración que la comisión parlamentaria hace sobre su propia " lista de sectas", lo menos que se puede decir es que se lavó las manos:

1) se declaró no responsable de la inclusión en su lista de las instituciones citadas;

2) no se pronunció sobre el carácter sectario de las instituciones, movimientos o grupos;

3) no verificó la exactitud de las informaciones recibidas.

Se transcriben a continuación los tres primeros párrafos de la página 227 de la segunda parte del informe (introducción a la tabla sinóptica), que hablan por sí solos. El lector podrá, además, sacar sus propias conclusiones sobre la seriedad y la profundidad del estudio:

La presente tabla resulta de las informaciones recogidas por la comisión. Los nombres que se incluyen en ella han sido facilitados bajo la sola responsabilidad, o de servicios oficiales (gendarmería, policía judicial, Seguridad del Estado, etc.) interrogados en ese sentido, o de testigos directos o indirectos, oídos bajo juramento.Esta enumeración no constituye ni una toma de posición, ni un juicio de valor por parte de la comisión. Así, el hecho de que un movimiento figure en ella, incluso si es por iniciativa de una instancia oficial, no significa para la comisión que sea una secta, y a fortiori que sea peligroso. Como la tabla lo muestra, la comisión no ha podido proceder a la verificación del conjunto de las informaciones recogidas ni controlar su exactitud. (3)

4. El sentido común del pleno del parlamento belga

El informe de la comisión parlamentaria, de fecha 28 de abril de 1997, fue objeto de una sesión plenaria del parlamento, el 7 de mayo de 1997. La trascripción de esa sesión plenaria (dos páginas) puede leerse en: https://www1.dekamer.be/FLWB/pdf/49/0313/49K0313009.pdf El pleno del parlamento:

1) toma nota del informe de la comisión parlamentaria

2) aprueba las conclusiones y recomendaciones del estudio (págs. 208-226 de la segunda parte del informe)

3) decide que la "Tabla sinóptica" no forma parte de esas conclusiones y por tanto la cámara ni la aprueba ni la desaprueba (4).

Sin comentarios.

5. Conclusión

Quienes difunden que el Opus Dei (y otras muchas instituciones respetables de esa lista) es una secta porque fue "incluido" en la tabla sinóptica de ese informe, parece que no han leído el informe ni lo que votó el pleno del parlamento belga o, si lo conocen, actúan de mala fe. A fin de cuentas se trata de un número muy escaso de personas que intentan hacer mucho ruido: mucho ruido, pero pocas nueces. Aunque la verdad es que no hay ninguna nuez.

Para terminar, señalaremos que en el n.80 de la tabla sinóptica se cita l'OEuvre (la Obra) o Het Werk, antiguamente conocida como Paulusheem. Se trata de una institución de la Iglesia Católica, de origen belga, distinta del Opus Dei.

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Textos originales (en francés):

(1) Enfin, d'autres institutions —telles que la franc-maçonnerie ou l'Opus Dei— peuvent être considérées comme des groupes dont les membres veulent influencer, voire infiltrer le pouvoir politique. Et pourtant, dans ces cas, on n'aura pas nécessairement affaire à des sectes.

(2) Par ailleurs, trois témoins devaient être entendus le 21 février 1997 concernant l'Opus Dei. Ces trois personnes se sont cependant désistées pour des raisons d'ordre personnel.

(3) Le présent tableau résulte des informations recueillies par la commission. Les noms qui y sont repris ont été fournis sous la seule responsabilité soit par des services officiels (gendarmerie, police judiciaire, Sûreté de l'Etat...) interrogés en ce sens, soit par des témoins directs ou indirects, entendus sous serment.

Cette énumération ne constitue donc ni une prise de position, ni un jugement de valeur de la part de la commission. Ainsi, le fait pour un mouvement d'y figurer, même si c'est à l'initiative d'une instance officielle, ne signifie pas que pour la commission, il soit une secte, et a fortiori qu'il soit dangereux.

Comme le tableau le montre, la commission n'a pas pu procéder à une vérification de l'ensemble des informations recueillies ni en contrôler l'exactitude.

(4) décide que le "Tableau synoptique" ne fait pas partie de ces conclusions et ne fait donc pas l'objet d'une quelconque approbation ou désapprobation par la chambre.